Capítulo 15 — MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN
Sección 1504 — PROTECCIÓN DE PEATONES
2025 California Existing Building Code (Title 24, Part 10) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
[BS] 1504.1 Protección de peatones. Los peatones deberán estar protegidos durante las actividades de construcción y demolición según lo requerido por las Secciones 1504.1.1 a 1504.1.7 y la Tabla 1504.1. Se deberán proveer señales para dirigir el tráfico peatonal.
| TABLA 1504.1—PROTECCIÓN DE PEATONES | Col2 | Col3 |
|---|---|---|
| ALTURA DE LA CONSTRUCCIÓN |
DISTANCIA DE LA CONSTRUCCIÓN AL LÍNEA DE LOTE | TIPO DE PROTECCIÓN REQUERIDA |
| 8 pies o menos | Menos de 5 pies | Barandales de construcción |
| 8 pies o menos | 5 pies o más | Ninguna |
| Más de 8 pies | Menos de 5 pies | Barrera y pasarela cubierta |
| Más de 8 pies | 5 pies o más, pero no más de una cuarta parte de la altura de la construcción | Barrera y pasarela cubierta |
| Más de 8 pies | 5 pies o más, pero entre una cuarta y una mitad de la altura de la construcción | Barrera |
| Más de 8 pies | 5 pies o más, pero excediendo la mitad de la altura de la construcción | Ninguna |
| Para SI: 1 pie = 304.8 mm. | Para SI: 1 pie = 304.8 mm. | Para SI: 1 pie = 304.8 mm. |
[BS] 1504.1.1 Pasarelas. Se deberá proveer una pasarela para el tránsito peatonal frente a cada sitio de construcción y demolición, a menos que la autoridad competente correspondiente autorice que la acera sea cercada o cerrada. Se deberá proveer una pasarela para el tránsito peatonal que conduzca desde una entrada o salida de un edificio ocupado hasta una vía pública. Las pasarelas deberán tener un ancho suficiente para acomodar el tráfico peatonal, pero no menos de 4 pies (1219 mm) de ancho. Las pasarelas deberán contar con una superficie de tránsito duradera y ser accesibles conforme al Capítulo 11 A del Código de Construcción de California. Las pasarelas deberán diseñarse para soportar todas las cargas impuestas y la carga viva de diseño no deberá ser menor a 150 libras por pie cuadrado (psf) (7.2 kN/m [2] ).
[BS] 1504.1.2 Barreras direccionales. El tráfico peatonal deberá estar protegido por una barrera direccional cuando la pasarela se extienda hacia la calle. La barrera direccional deberá tener tamaño y construcción suficientes para dirigir el tráfico vehicular fuera del camino peatonal.
[BS] 1504.1.3 Barandales de construcción. Los barandales de construcción deberán tener una altura no menor a 42 pulgadas (1067 mm) y deberán ser suficientes para dirigir a los peatones alrededor de las áreas de construcción.
15-4 CÓDIGO DE EDIFICIOS EXISTENTES DE CALIFORNIA 2025
el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.
MEDIDAS DE SEGURIDAD EN CONSTRUCCIÓN
[BS] 1504.1.4 Barreras. Las barreras deberán tener una altura no menor a 8 pies (2438 mm) y deberán colocarse en el lado de la pasarela más cercano a la construcción. Las barreras deberán extenderse a lo largo de todo el sitio de construcción. Las aberturas en dichas barreras deberán estar protegidas por puertas que normalmente se mantengan cerradas.
[BS] 1504.1.4.1 Diseño de barreras. Las barreras deberán diseñarse para resistir las cargas requeridas en el Capítulo 16 del Código de Construcción de California, a menos que se construyan conforme a lo siguiente:
- Las barreras deberán contar con placas superior e inferior de 2 pulgadas por 4 pulgadas (51 mm por 102 mm).
- El material de la barrera deberá ser tablas no menores a [3] / 4 de pulgada (19.1 mm) de espesor o paneles estructurales de madera no menores a [1] / 4 de pulgada (6.4 mm) de espesor.
- Los paneles estructurales de madera deberán estar unidos con un adhesivo idéntico al utilizado para paneles estructurales de madera para uso exterior.
- Los paneles estructurales de madera de [1] / 4 de pulgada (6.4 mm) o [15] / 16 de pulgada (23.8 mm) de espesor deberán tener montantes espaciados no más de 2 pies (610 mm) en el centro.
- Los paneles estructurales de madera de [3] / 8 de pulgada (9.5 mm) o [1] / 2 de pulgada (12.7 mm) de espesor deberán tener montantes espaciados no más de 4 pies (1219 mm) en el centro, siempre que se coloque un refuerzo horizontal de 2 pulgadas por 4 pulgadas (51 mm por 102 mm) a media altura cuando el espaciamiento de los montantes sea mayor a 2 pies (610 mm) en el centro.
- Los paneles estructurales de madera de [5] / 8 de pulgada (15.9 mm) o más gruesos no deberán abarcar más de 8 pies (2438 mm).
[BS] 1504.1.5 Pasarelas cubiertas. Las pasarelas cubiertas deberán tener una altura libre no menor a 8 pies (2438 mm) medida desde la superficie del piso hasta el toldo superior. Se deberá proporcionar iluminación adecuada en todo momento. Las pasarelas cubiertas deberán diseñarse para soportar todas las cargas impuestas. La carga viva de diseño no deberá ser menor a 150 psf (7.2 kN/m [2] ) para toda la estructura.
Excepción: Los techos y estructuras de soporte de pasarelas cubiertas para construcciones nuevas de estructura ligera que no excedan dos pisos sobre el plano de nivel de terreno, podrán diseñarse para una carga viva de 75 psf (3.6 kN/m [2] ) o las cargas impuestas sobre ellos, lo que sea mayor. En lugar de tales diseños, el techo y la estructura de soporte de una pasarela cubierta podrán construirse conforme a lo siguiente:
- Las cimentaciones deberán ser miembros continuos de 2 pulgadas por 6 pulgadas (51 mm por 152 mm).
- Se deberán proveer postes no menores a 4 pulgadas por 6 pulgadas (102 mm por 152 mm) en ambos lados del techo y espaciados no más de 12 pies (3658 mm) en el centro.
- Se deberán colocar largueros no menores a 4 pulgadas por 12 pulgadas (102 mm por 305 mm) en posición vertical sobre los postes.
- Las vigas apoyadas en los largueros deberán ser no menores a 2 pulgadas por 8 pulgadas (51 mm por 203 mm) y deberán espaciarse no más de 2 pies (610 mm) en el centro.
- La cubierta deberá ser de tablas no menores a 2 pulgadas (51 mm) de espesor o paneles estructurales de madera con una clasificación de durabilidad para exposición exterior no menor a [23] / 32 de pulgada (18.3 mm) de espesor clavados a las vigas.
- Cada poste deberá estar reforzado con puntales a las vigas y largueros mediante miembros no menores a 2 pulgadas por 4 pulgadas (51 mm por 102 mm); 4 pies (1219 mm) de longitud.
- Se deberá colocar un bordillo no menor a 2 pulgadas por 4 pulgadas (51 mm por 102 mm) en posición vertical a lo largo del borde exterior de la cubierta.
[BS] 1504.1.6 Reparación, mantenimiento y remoción. La protección peatonal requerida por la Sección 1504.1 deberá mantenerse en su lugar y en buen estado durante todo el tiempo en que los peatones estén expuestos a peligro. El propietario o el agente autorizado del propietario, al concluir la actividad de construcción, deberá remover inmediatamente las pasarelas, escombros y otras obstrucciones y dejar dicha propiedad pública en tan buenas condiciones como estaba antes de comenzar el trabajo.
[BS] 1504.1.7 Adyacente a excavaciones. Toda excavación en un sitio ubicado a 5 pies (1524 mm) o menos de la línea de lote de la calle deberá estar cercada con una barrera no menor a 6 pies (1829 mm) de altura. Cuando esté ubicada a más de 5 pies (1524 mm) de la línea de lote de la calle, se deberá erigir una barrera cuando lo requiera el funcionario del código. Las barreras deberán tener la resistencia adecuada para resistir la presión del viento según lo especificado en el Capítulo 16 del Código de Construcción de California.