Capítulo 2 — TODAS LAS OCUPACIONES — REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA

Sección 110.2 — REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA EQUIPOS DE ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS

2025 California Energy Code (Title 24, Part 6) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

Certificación por parte de los fabricantes. Cualquier equipo de acondicionamiento de espacios listado en esta sección podrá instalarse únicamente si el fabricante ha certificado ante la Comisión que el equipo cumple con todos los requisitos aplicables de esta sección.

(a) Eficiencia. El equipo deberá cumplir con los requisitos de eficiencia aplicables en las Tablas 110.2-A hasta 110.2-L, sujeto a lo siguiente:

  1. Si se listan más de un estándar de eficiencia para cualquier equipo en las Tablas 110.2-A hasta 110.2-L, el equipo deberá cumplir con todos los estándares aplicables que se indiquen; y
  2. Si se listan más de un método de prueba en las Tablas 110.2-A hasta 110.2-L, el equipo deberá cumplir con el estándar de eficiencia aplicable cuando se pruebe con cada método de prueba listado; y
  3. Cuando el equipo sirva para más de una función, deberá cumplir con los estándares de eficiencia aplicables a cada función; y
  4. Cuando un requisito sea para equipo clasificado a su “capacidad máxima nominal” o “capacidad mínima nominal,” la capacidad será la proporcionada y permitida por los controles, durante operación en estado estable. Excepción 1 a la Sección 110.2(a): Los paquetes enfriadores centrífugos enfriados por agua que no estén diseñados para operar bajo las condiciones de prueba ANSI/AHRI Standard 550/590 de 44°F de temperatura de agua fría de salida y 85°F de temperatura de agua de condensador de entrada con un flujo de agua de condensador de 3 galones por minuto por tonelada, deberán tener una clasificación máxima de kW/ton a plena carga y NPLV ajustadas usando la siguiente ecuación: Clasificación máxima ajustada de kW/ton a plena carga = (kW/ton a plena carga de la Tabla 110.2-D) / K adj Clasificación máxima ajustada de NPLV = (IPLV de la Tabla 110.2-D) / K adj

Donde:

K adj = (A) × (B) A = 0.00000014592 × (LIFT) [4] – 0.0000346496 × (LIFT) [3] + 0.00314196 × (LIFT) [2] – 0.147199 × (LIFT) + 3.9302

LIFT = L vg Cond – L vg Evap (°F) L vg Cond = Temperatura del fluido de salida del condensador a plena carga (°F) L vg Evap = Temperatura del fluido de salida del evaporador a plena carga (°F) B = (0.0015 × L vg Evap) + 0.934 Los valores ajustados de plena carga y NPLV son aplicables únicamente para enfriadores centrífugos que cumplan con todos los siguientes rangos de diseño a plena carga:

 - Temperatura mínima del fluido de salida del evaporador: 36°F

- Temperatura máxima del fluido de salida del condensador: 115°F

  - LIFT ≥ 20°F y ≤ 80°F

Los enfriadores centrífugos diseñados para operar fuera de estos rangos no están cubiertos por esta excepción.

Excepción 2 a la Sección 110.2(a): Enfriadores de desplazamiento positivo (enfriados por aire y por agua) con una temperatura del fluido de salida del evaporador superior a 32°F deberán demostrar cumplimiento con la Tabla 110.2-D cuando se prueben o certifiquen con agua bajo condiciones estándar de clasificación, conforme al procedimiento de prueba referenciado.

Excepción 3 a la Sección 110.2(a): Equipos que sirvan principalmente a almacenes refrigerados o refrigeración comercial.

(b) Controles para bombas de calor con calentadores suplementarios.

Los requisitos de control para bombas de calor con calentadores suplementarios en edificios residenciales unifamiliares se especifican en la Sección 150.0(h)7 y la Sección 150.0(i)2. Las bombas de calor con calentadores suplementarios en edificios no residenciales y multifamiliares deberán tener controles:

  1. Que eviten la operación del calentador suplementario cuando la carga de calefacción pueda ser satisfecha únicamente por la bomba de calor; y
  2. En los cuales la temperatura de encendido para calefacción con bomba de calor sea mayor que la temperatura de encendido para calefacción suplementaria, y la temperatura de apagado para calefacción con bomba de calor sea mayor que la temperatura de apagado para calefacción suplementaria. Excepción 1 a la Sección 110.2(b): Los controles pueden permitir la operación del calentador suplementario durante: A. Descongelamiento; y

B. Períodos transitorios tales como arranques y tras el avance del punto de ajuste del termostato de la habitación, si los controles proporcionan control de tasa preferencial, recuperación inteligente, escalonamiento, rampa u otro mecanismo de control diseñado para evitar la operación innecesaria de la calefacción suplementaria.

Excepción 2 a la Sección 110.2(b): Bombas de calor de aire acondicionado de habitación.

40 CÓDIGO DE ENERGÍA DE CALIFORNIA 2025

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TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN, CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS

(c) Termostatos. Todos los sistemas de calefacción o refrigeración no controlados por un sistema central de gestión de energía (EMCS) deberán tener un termostato con función de reducción de temperatura (setback).

  1. Capacidades de reducción. Todos los termostatos deberán tener un mecanismo de reloj que permita al ocupante del edificio programar los puntos de ajuste de temperatura para al menos cuatro períodos dentro de 24 horas. Los termostatos para bombas de calor deberán cumplir con los requisitos de la Sección 110.2(b).

Excepción a la Sección 110.2(c): Calentadores de pared a gas por gravedad, calentadores de piso por gravedad, calentadores de habitación por gravedad, calentadores eléctricos no centrales, chimeneas o aparatos decorativos a gas, estufas de leña, acondicionadores de aire de habitación y bombas de calor de aire acondicionado de habitación.

(d) Controles de pérdidas en espera para hornos a gas y a petróleo. Los hornos de aire forzado a gas y a petróleo con una capacidad de entrada ≥ 225,000 Btu/h deberán tener también un dispositivo de ignición intermitente o dispositivo interrumpido (IID), y contar con ventilación forzada o una compuerta de chimenea. Una compuerta de ventilación es una alternativa aceptable a una compuerta de chimenea para hornos donde el aire de combustión se extrae del espacio acondicionado. Todos los hornos con capacidad de entrada ≥ 225,000 Btu/h, incluyendo hornos eléctricos, que no estén ubicados dentro del espacio acondicionado deberán tener pérdidas de chaqueta que no excedan el 0.75 por ciento de la capacidad de entrada.

(e) Torres de enfriamiento de circuito abierto y cerrado. Todas las instalaciones de torres de enfriamiento de circuito abierto y cerrado deberán cumplir con lo siguiente:

  1. Estar equipadas con controles de conductividad que maximicen los ciclos de concentración basados en las condiciones locales de calidad del agua. Los controles deberán automatizar el sangrado del sistema y la alimentación química basándose en la conductividad. Los controladores de conductividad deberán instalarse conforme a las especificaciones del fabricante para maximizar la precisión.
  2. Documentación de los ciclos máximos alcanzables de concentración. Los propietarios de edificios deberán documentar los ciclos de concentración alcanzables basados en las condiciones locales del suministro de agua según lo reportado anualmente por el proveedor local de agua, y usando los cálculos siguientes. Los cálculos están destinados a determinar los ciclos máximos alcanzables de concentración basados en los parámetros identificados en la Tabla 110.2-A-1. El propietario del edificio deberá documentar los ciclos máximos alcanzables de concentración en el formulario de cumplimiento mecánico que será revisado y firmado por el Ingeniero Profesional (P.E.) de Registro. Los ciclos máximos alcanzables de concentración se basan en la calidad del suministro local de agua según lo reportado por el proveedor local de agua, y serán el mínimo de: A. 2,970 dividido por la conductividad del agua de reposición entrante. B. 1,845 dividido por los sólidos disueltos totales del agua de reposición entrante. C. 540 dividido por la alcalinidad M excluyendo acero galvanizado del agua de reposición entrante. D. 450 dividido por la alcalinidad M incluyendo acero galvanizado del agua de reposición entrante. E. 540 dividido por la dureza de calcio del agua de reposición entrante. F. 270 dividido por los cloruros del agua de reposición entrante. G. 225 dividido por los sulfatos del agua de reposición entrante. H. 135 dividido por la sílice del agua de reposición entrante. I. Índice de saturación de Langelier = 10 ( --------------------–1 - ∗ [ Log ( M ∗ 0.9 ∗ 1.219) − 0.061105 ∗ Log ( C ∗ 0.8) + 0.55 ∗ Log ( HM ) + 0.0050325

2.038895

T − 5.95])

donde:

C = Conductividad del agua de reposición entrante.

H = Dureza de calcio del agua de reposición entrante.

M = Alcalinidad M excluyendo acero galvanizado del agua de reposición entrante.

T = Temperatura máxima de la superficie. 3. Las torres de enfriamiento no deberán permitir el sangrado hasta que uno o más de los parámetros en la Tabla 110.2-A-1 alcance el valor máximo especificado:

TABLA 110.2-A-1 PROPIEDADES DEL AGUA DE RECIRCULACIÓN Col2
PARÁMETROS DEL AGUA DE RECIRCULACIÓN VALORES MÁXIMOS
Conductividad (micro-siemens/cm) 2,970 micro-siemens/cm
Sólidos disueltos totales (ppm) 1,845 ppm
Alcalinidad total como CaCO3 (ppm) excluyendo acero galvanizado 540 ppm
Alcalinidad total como CaCO3 (ppm) acero galvanizado (pasivado) 450 ppm
Dureza de calcio como CaCO3 (ppm) 540 ppm
Cloruros como Cl (ppm) 270 ppm
Sulfatos (ppm) 225 ppm
Sílice (ppm) 135 ppm
Índice de saturación de Langelier (LSI) 2.5 (LSI)
  1. Estar equipadas con un medidor de flujo con salida analógica para flujo ya sea cableado o disponible a través de una pasarela en la línea de agua de reposición.

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TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN, CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS

  1. Estar equipadas con una alarma de desbordamiento para prevenir el desbordamiento del sumidero en caso de falla de la válvula de agua de reposición. La alarma de desbordamiento deberá enviar una señal audible o proporcionar una alerta vía el sistema de gestión de energía al operador de la torre en caso de desbordamiento del sumidero.
  2. Estar equipadas con eliminadores de deriva eficientes que logren una reducción de deriva al 0.002 por ciento del volumen de agua circulada para torres de contraflujo y 0.005 por ciento para torres de flujo cruzado.
  3. Los controles de conductividad y la alarma de desbordamiento deberán ser verificados conforme a NA 7.5.18.

Excepción a la Sección 110.2(e): Torres de enfriamiento de circuito abierto y cerrado con capacidad nominal < 150 toneladas.

(f) Unidades manejadoras de aire de baja fuga. Para calificar como unidad manejadora de aire de baja fuga para cumplir con los créditos de cumplimiento disponibles para unidades manejadoras de aire de baja fuga en las normas de desempeño establecidas en las Secciones 150.1(b) y 140.1, el fabricante deberá certificar ante la Comisión de Energía que la unidad manejadora de aire cumple con las especificaciones en el Apéndice Conjunto de Referencia JA9.

TABLA 110.2-A—AIRE ACONDICIONADO Y UNIDADES DE CONDENSACIÓN—REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA Col2 Col3 Col4
TIPO DE EQUIPO CATEGORÍA DE TAMAÑO EFICIENCIAa PROCEDIMIENTO DE PRUEBAb
Aires acondicionados, enfriados por aire, sistema dividido
y paquete único
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
11.2 EERa
Mínimo Federal IEERa
ANSI/AHRI 340/360
Aires acondicionados, enfriados por aire, sistema dividido
y paquete único
≥ 135,000 Btu/h y
< 240,000 Btu/h
11.0 EERa
Mínimo Federal IEERa
ANSI/AHRI 340/360
Aires acondicionados, enfriados por aire, sistema dividido
y paquete único
≥ 240,000 Btu/h y
< 760,000 Btu/h
10.0 EERa
Mínimo Federal IEERa
10.0 EERa
Mínimo Federal IEERa
Aires acondicionados, enfriados por aire, sistema dividido
y paquete único
≥ 760,000 Btu/h 9.7 EERa
12.5 IEERa
9.7 EERa
12.5 IEERa
Aires acondicionados, enfriados por agua ≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
Mínimo Federal EERa
13.9 IEERa
ANSI/AHRI 340/360
Aires acondicionados, enfriados por agua ≥ 135,000 Btu/h y
< 240,000 Btu/h
Mínimo Federal EERa
13.9 IEERa
ANSI/AHRI 340/360
Aires acondicionados, enfriados por agua ≥ 240,000 Btu/h y
< 760,000 Btu/h
Mínimo Federal EERa
13.6 IEERa
ANSI/AHRI 340/360
Aires acondicionados, enfriados por agua ≥ 760,000 Btu/h 12.2 EERa
13.5 IEERa
ANSI/AHRI 340/360
Aires acondicionados, enfriados por evaporación ≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
Mínimo Federal EERa
12.3 IEERa
ANSI/AHRI 340/360
Aires acondicionados, enfriados por evaporación ≥ 135,000 Btu/h y
< 240,000 Btu/h
Mínimo Federal EERa
12.2 IEERa
ANSI/AHRI 340/360
Aires acondicionados, enfriados por evaporación ≥ 240,000 Btu/h y
< 760,000 Btu/h
Mínimo Federal EERa
12.1 IEERa
ANSI/AHRI 340/360
Aires acondicionados, enfriados por evaporación ≥ 760,000 Btu/h 11.7 EERa
11.9 IEERa
ANSI/AHRI 340/360
Unidades de condensación, enfriadas por aire ≥ 135,000 Btu/h 10.5 EER
Mínimo Federal IEER
ANSI/AHRI 365
Unidades de condensación, enfriadas por agua ≥ 135,000 Btu/h 13.5 EER
Mínimo Federal IEER
13.5 EER
Mínimo Federal IEER
Unidades de condensación, enfriadas por evaporación ≥ 135,000 Btu/h 13.5 EER
Mínimo Federal IEER
13.5 EER
Mínimo Federal IEER
a. Deduzca 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades con sección de calefacción distinta a la calefacción por resistencia eléctrica.
b. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
a. Deduzca 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades con sección de calefacción distinta a la calefacción por resistencia eléctrica.
b. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
a. Deduzca 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades con sección de calefacción distinta a la calefacción por resistencia eléctrica.
b. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
a. Deduzca 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades con sección de calefacción distinta a la calefacción por resistencia eléctrica.
b. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
TABLA 110.2-B—BOMBAS DE CALOR—REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA Col2 Col3 Col4 Col5
TIPO DE EQUIPO CATEGORÍA DE TAMAÑO SUBCATEGORÍA O
CONDICIÓN DE CLASIFICACIÓN
EFICIENCIAa PROCEDIMIENTO DE PRUEBAb
Enfriado por aire
(modo refrigeración), sistema dividido
y paquete único
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
11.0 EER
Mínimo Federal IEER
AHRI 340/360
Enfriado por aire
(modo refrigeración), sistema dividido
y paquete único
≥ 135,000 Btu/h y
< 240,000 Btu/h
10.6 EER
Mínimo Federal IEER
10.6 EER
Mínimo Federal IEER
Enfriado por aire
(modo refrigeración), sistema dividido
y paquete único
≥ 240,000 Btu/h 9.5 EER
Mínimo Federal IEER
9.5 EER
Mínimo Federal IEER
Fuente de agua
(modo refrigeración)
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
86ºF agua de entrada Mínimo Federal EER ISO-13256-1
Fuente de agua subterránea
(modo refrigeración)
< 135,000 Btu/h 59ºF agua de entrada 18.0 EER ISO-13256-1

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TABLA 110.2-B—BOMBAS DE CALOR—REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA—continuación Col2 Col3 Col4 Col5
TIPO DE EQUIPO CATEGORÍA DE TAMAÑO SUBCATEGORÍA O
CONDICIÓN DE CLASIFICACIÓN
EFICIENCIAa PROCEDIMIENTO DE PRUEBAb
Fuente terrestre
(modo refrigeración)
< 135,000 Btu/h 77ºF agua de entrada 14.1 EER ISO-13256-1
Fuente de agua agua-agua
(modo refrigeración)
< 135,000 Btu/h 86ºF agua de entrada 10.6 EER ISO-13256-2
Fuente de agua subterránea agua-agua
(modo refrigeración)
< 135,000 Btu/h 59ºF agua de entrada 16.3 EER ISO-13256-2
Fuente terrestre salmuera-agua
(modo refrigeración)
< 135,000 Btu/h 77ºF agua de entrada 12.1 EER ISO-13256-2
Enfriado por aire
(modo calefacción)
Sistema dividido y paquete único
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
(capacidad de refrigeración)
47°F db/43°F wb
aire exterior
Mínimo Federal COP AHRI 340/360
Enfriado por aire
(modo calefacción)
Sistema dividido y paquete único
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
(capacidad de refrigeración)
17°F db/15°F wb
aire exterior
2.25 COP 2.25 COP
Enfriado por aire
(modo calefacción)
Sistema dividido y paquete único
≥ 135,000 Btu/h y
< 240,000 Btu/h
(capacidad de refrigeración)
47°F db/43°F wb
aire exterior
Mínimo Federal COP Mínimo Federal COP
Enfriado por aire
(modo calefacción)
Sistema dividido y paquete único
≥ 240,000 Btu/h y
< 760,000 Btu/h
≥ 240,000 Btu/h y
< 760,000 Btu/h
Mínimo Federal COP Mínimo Federal COP
Enfriado por aire
(modo calefacción)
Sistema dividido y paquete único
≥ 135,000 Btu/h
(capacidad de refrigeración)
17°F db/15°F wb
aire exterior
2.05 COP 2.05 COP
Fuente de agua
(modo calefacción)
< 135,000 Btu/h
(capacidad de refrigeración)
68ºF agua de entrada Mínimo Federal COP ISO-13256-1
Fuente de agua
(modo calefacción)
≥ 135,000 Btu/h y
< 240,000 Btu/h
68ºF agua de entrada Mínimo Federal COP ISO-13256-1
Fuente de agua subterránea
(modo calefacción)
< 135,000 Btu/h
(capacidad de refrigeración)
50ºF agua de entrada 3.7 COP ISO-13256-1
Fuente terrestre
(modo calefacción)
< 135,000 Btu/h
(capacidad de refrigeración)
32ºF agua de entrada 3.2 COP ISO-13256-1
Fuente de agua agua-agua
(modo calefacción)
< 135,000 Btu/h
(capacidad de refrigeración)
68ºF agua de entrada 3.7 COP ISO-13256-2
Fuente de agua subterránea agua-
agua
(modo calefacción)
< 135,000 Btu/h
(capacidad de refrigeración)
50ºF agua de entrada 3.1 COP ISO-13256-2
Fuente terrestre salmuera-agua
(modo calefacción)
< 135,000 Btu/h
(capacidad de refrigeración)
32ºF agua de entrada 2.5 COP ISO-13256-2
a. Deduzca 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades con sección de calefacción distinta a la calefacción por resistencia eléctrica.
b. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
a. Deduzca 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades con sección de calefacción distinta a la calefacción por resistencia eléctrica.
b. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
a. Deduzca 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades con sección de calefacción distinta a la calefacción por resistencia eléctrica.
b. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
a. Deduzca 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades con sección de calefacción distinta a la calefacción por resistencia eléctrica.
b. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
a. Deduzca 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades con sección de calefacción distinta a la calefacción por resistencia eléctrica.
b. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
TABLA 110.2-C—BOMBAS DE CALOR DE MOTOR A GAS ENFRIADAS POR AIRE Col2 Col3 Col4 Col5
TIPO DE EQUIPO CATEGORÍA DE TAMAÑO SUBCATEGORÍA O
CONDICIÓN DE CLASIFICACIÓN
EFICIENCIA PROCEDIMIENTO DE PRUEBAa
Bomba de calor de motor a gas enfriada por aire
(modo refrigeración)
Todas las capacidades 95°F db aire exterior 0.60 COP ANSI Z21.40.4A
Bomba de calor de motor a gas enfriada por aire
(modo calefacción)
Todas las capacidades 47°F db/43°F wb aire exterior 0.72 COP ANSI Z21.40.4A
a. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. a. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. a. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. a. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. a. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

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TABLA 110.2-D—PAQUETES DE ENFRIAMIENTO DE AGUA—REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIAa, b Col2 Col3 Col4 Col5
TIPO DE EQUIPO CATEGORÍA DE TAMAÑO CAMINO A
EFICIENCIAa, b
CAMINO B
EFICIENCIAa, b
PROCEDIMIENTO
DE PRUEBAc
Enfriado por aire, con condensador
operado eléctricamente
< 150 toneladas ≥ 10.100 EER
≥ 13.700 IPLV
≥ 9.700 EER
≥ 15.800 IPLV
AHRI 550/590
Enfriado por aire, con condensador
operado eléctricamente
≥ 150 toneladas ≥ 10.100 EER
≥ 14.000 IPLV
≥ 9.700 EER
≥ 16.100 IPLV
≥ 9.700 EER
≥ 16.100 IPLV
Enfriado por aire, sin condensador
operado eléctricamente
Todas las capacidades Los enfriadores enfriados por aire sin condensadores deben ser
calificados con condensadores a juego y cumplir con
los requisitos de eficiencia para enfriadores enfriados por aire.
Los enfriadores enfriados por aire sin condensadores deben ser
calificados con condensadores a juego y cumplir con
los requisitos de eficiencia para enfriadores enfriados por aire.
AHRI 550/590
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
reciprocante
Todas las capacidades Las unidades reciprocantes deben cumplir con los requisitos de eficiencia de desplazamiento positivo enfriado por agua. Las unidades reciprocantes deben cumplir con los requisitos de eficiencia de desplazamiento positivo enfriado por agua. AHRI 550/590
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
desplazamiento positivo
< 75 toneladas ≤ 0.750 kW/ton
≤ 0.600 IPLV
≤ 0.780 kW/ton
≤ 0.500 IPLV
AHRI 550/590
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
desplazamiento positivo
≥ 75 toneladas
y < 150 toneladas
≤ 0.720 kW/ton
≤ 0.560 IPLV
≤ 0.750 kW/ton
≤ 0.490 IPLV
≤ 0.750 kW/ton
≤ 0.490 IPLV
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
desplazamiento positivo
≥ 150 toneladas
y < 300 toneladas
≤ 0.660 kW/ton
≤ 0.540 IPLV
≤ 0.680 kW/ton
≤ 0.440 IPLV
≤ 0.680 kW/ton
≤ 0.440 IPLV
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
desplazamiento positivo
≥ 300 toneladas
y < 300 toneladas
≤ 0.610 kW/ton
≤ 0.520 IPLV
≤ 0.625 kW/ton
≤ 0.410 IPLV
≤ 0.625 kW/ton
≤ 0.410 IPLV
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
desplazamiento positivo
≥ 600 toneladas ≤ 0.560 kW/ton
≤ 0.500 IPLV
≤ 0.585 kW/ton
≤ 0.380 IPLV
≤ 0.585 kW/ton
≤ 0.380 IPLV
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
centrífugo
> 150 toneladas ≤ 0.610 kW/ton
≤ 0.550 IPLV
≤ 0.695 kW/ton
≤ 0.440 IPLV
≤ 0.695 kW/ton
≤ 0.440 IPLV
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
centrífugo
≥ 150 toneladas
y < 300 toneladas
≤ 0.610 kW/ton
≤ 0.550 IPLV
≤ 0.635 kW/ton
≤ 0.400 IPLV
≤ 0.635 kW/ton
≤ 0.400 IPLV
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
centrífugo
≥ 300 toneladas
y < 400 toneladas
≤ 0.560 kW/ton
≤ 0.520 IPLV
≤ 0.595 kW/ton
≤ 0.390 IPLV
≤ 0.595 kW/ton
≤ 0.390 IPLV
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
centrífugo
≥ 400 toneladas
y < 600 toneladas
≤ 0.560 kW/ton
≤ 0.500 IPLV
≤ 0.585 kW/ton
≤ 0.380 IPLV
≤ 0.585 kW/ton
≤ 0.380 IPLV
Enfriado por agua, operado eléctricamente,
centrífugo
≥ 600 toneladas ≤ 0.560 kW/ton
≤ 0.500 IPLV
≤ 0.585 kW/ton
≤ 0.380 IPLV
≤ 0.585 kW/ton
≤ 0.380 IPLV
Absorción de efecto simple enfriado por aire Todas las capacidades ≥ 0.600 COP N.A.d AHRI 560
Absorción de efecto simple enfriado por agua Todas las capacidades ≥ 0.700 COP N.A.d N.A.d
Absorción de doble efecto,
calentado indirectamente
Todas las capacidades ≥ 1.000 COP
≥ 1.050 IPLV
N.A.d N.A.d
Absorción de doble efecto,
calentado directamente
Todas las capacidades ≥ 1.000 COP
≥ 1.000 IPLV
N.A.d N.A.d
Enfriador accionado por motor de gas enfriado por agua Todas las capacidades ≥ 1.2 COP
≥ 2.0 IPLV
N.A.d ANSI Z21.40.4
a. No hay requisitos para:
• Enfriadores centrífugos con temperatura de salida del evaporador de diseño < 36°F; o
• Enfriadores de desplazamiento positivo con temperatura de salida del fluido de diseño ≤ 32°F; o
• Enfriadores de absorción con temperatura de salida del fluido de diseño < 40°F.
b. Deben cumplir con los requisitos mínimos del Camino A o Camino B. Sin embargo, tanto la carga completa (COP) como el IPLV deben cumplirse para satisfacer los requisitos del camino aplicable.
c. Véase la Sección 100.1 para definiciones.
d. N.A. significa no aplicable.
a. No hay requisitos para:
• Enfriadores centrífugos con temperatura de salida del evaporador de diseño < 36°F; o
• Enfriadores de desplazamiento positivo con temperatura de salida del fluido de diseño ≤ 32°F; o
• Enfriadores de absorción con temperatura de salida del fluido de diseño < 40°F.
b. Deben cumplir con los requisitos mínimos del Camino A o Camino B. Sin embargo, tanto la carga completa (COP) como el IPLV deben cumplirse para satisfacer los requisitos del camino aplicable.
c. Véase la Sección 100.1 para definiciones.
d. N.A. significa no aplicable.
a. No hay requisitos para:
• Enfriadores centrífugos con temperatura de salida del evaporador de diseño < 36°F; o
• Enfriadores de desplazamiento positivo con temperatura de salida del fluido de diseño ≤ 32°F; o
• Enfriadores de absorción con temperatura de salida del fluido de diseño < 40°F.
b. Deben cumplir con los requisitos mínimos del Camino A o Camino B. Sin embargo, tanto la carga completa (COP) como el IPLV deben cumplirse para satisfacer los requisitos del camino aplicable.
c. Véase la Sección 100.1 para definiciones.
d. N.A. significa no aplicable.
a. No hay requisitos para:
• Enfriadores centrífugos con temperatura de salida del evaporador de diseño < 36°F; o
• Enfriadores de desplazamiento positivo con temperatura de salida del fluido de diseño ≤ 32°F; o
• Enfriadores de absorción con temperatura de salida del fluido de diseño < 40°F.
b. Deben cumplir con los requisitos mínimos del Camino A o Camino B. Sin embargo, tanto la carga completa (COP) como el IPLV deben cumplirse para satisfacer los requisitos del camino aplicable.
c. Véase la Sección 100.1 para definiciones.
d. N.A. significa no aplicable.
a. No hay requisitos para:
• Enfriadores centrífugos con temperatura de salida del evaporador de diseño < 36°F; o
• Enfriadores de desplazamiento positivo con temperatura de salida del fluido de diseño ≤ 32°F; o
• Enfriadores de absorción con temperatura de salida del fluido de diseño < 40°F.
b. Deben cumplir con los requisitos mínimos del Camino A o Camino B. Sin embargo, tanto la carga completa (COP) como el IPLV deben cumplirse para satisfacer los requisitos del camino aplicable.
c. Véase la Sección 100.1 para definiciones.
d. N.A. significa no aplicable.

44 CÓDIGO DE ENERGÍA DE CALIFORNIA 2025

el 18 de jul de 2025 11:14 AM (CDT) EN CONSECUENCIA.

TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN, CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS

TABLA 110.2-E—REQUISITOS DE DESEMPEÑO PARA EQUIPOS DE RECHAZO DE CALOR Col2 Col3 Col4 Col5
TIPO DE EQUIPO CAPACIDAD TOTAL DE RECHAZO DE CALOR DEL SISTEMA
EN CONDICIONES NOMINALES
SUBCATEGORÍA O
CONDICIÓN DE CALIFICACIÓN
DESEMPEÑO
REQUERIDOa, b, c, d
PROCEDIMIENTO
DE PRUEBAe
Torres de enfriamiento de circuito abierto con ventilador
propelente o axial
Todas Agua de entrada 95°F
Agua de salida 85°F
Aire de entrada 75°F wb
≥ 42.1 gpm/hp CTI ATC-105
y
CTI STD-201
RS
Torres de enfriamiento de circuito abierto con ventilador
centrífugo
Todas Agua de entrada 95°F
Agua de salida 85°F
Aire de entrada 75°F wb
≥ 20.0 gpm/hp ≥ 20.0 gpm/hp
Torres de enfriamiento de circuito cerrado con ventilador
propelente o axial
Todas Agua de entrada 102°F
Agua de salida 90°F
Aire de entrada 75°F wb
≥ 16.1 gpm/hp CTI ATC-105S
y
CTI STD-201
RS
Torres de enfriamiento de circuito cerrado con ventilador
centrífugo
Todas Agua de entrada 102°F
Agua de salida 90°F
Aire de entrada 75°F wb
≥ 7.0 gpm/hp ≥ 7.0 gpm/hp
Condensadores evaporativos con ventilador
propelente o axial
Todas Fluido de prueba R-448A
Temperatura de gas de entrada 165°F
Temperatura de condensación 105°F
Aire de entrada 75°F wb
≥ 157,000
Btu/h**·** hp
CTI ATC-106
Condensadores evaporativos con ventilador
propelente o axial
Todas Fluido de prueba amoníaco
Temperatura de gas de entrada 140°F
Temperatura de condensación 96.3°F
Aire de entrada 75°F wb
≥ 134,000
Btu/h**·** hp
≥ 134,000
Btu/h**·** hp
Condensadores evaporativos con ventilador
centrífugo
Todas Fluido de prueba R-448A
Temperatura de gas de entrada 165°F
Temperatura de condensación 105°F
Aire de entrada 75°F wb
≥ 135,000
Btu/h**·** hp
≥ 135,000
Btu/h**·** hp
Condensadores evaporativos con ventilador
centrífugo
Todas Fluido de prueba amoníaco
Temperatura de gas de entrada 140°F
Temperatura de condensación 96.3°F
Aire de entrada 75°F wb
≥ 110,000
Btu/h**·** hp
≥ 110,000
Btu/h**·** hp
Condensadores enfriados por aire Todas Temperatura de condensación 125°F
Temperatura de gas de entrada 190°F
Subenfriamiento 15°F
Temperatura de bulbo seco de entrada 95°F
≥ 176,000 Btu/h·hp AHRI 460
Enfriadores secos con ventilador
propelente o axial (enfriadores de fluido enfriados por aire)
Todas Agua de entrada 115°F
Agua de salida 105°F
Aire de entrada 95°F db
≥ 4.5 gpm/hp CTI ATC-105DS
a. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño de torres de enfriamiento de circuito abierto se define como la tasa de flujo de agua de la torre en las condiciones nominales dadas dividida por la potencia nominal de la placa del motor del ventilador.
b. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño de torres de enfriamiento de circuito cerrado se define como la tasa de flujo de agua de proceso de la torre en las condiciones nominales dadas dividida por la suma de la potencia nominal de la placa del motor del ventilador y la potencia nominal de la placa del motor de la bomba de aspersión integral.
c. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño del enfriador seco se define como la tasa de flujo de agua de proceso de la unidad en la condición térmica nominal dada dividida por la potencia nominal total de la placa del motor del ventilador de la unidad y el desempeño del condensador enfriado por aire se define como el calor rechazado del refrigerante dividido por la potencia nominal de la placa del motor del ventilador de la unidad.
d. Las torres de enfriamiento abiertas deben ser probadas usando los procedimientos de prueba en CTI ATC-105. El desempeño de torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica debe ser certificado como modelos base según lo especificado en CTI STD-201 o verificado mediante pruebas en campo por una agencia de pruebas aprobada por CTI. Las torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica con opciones personalizadas añadidas a un modelo base certificado por CTI para fines de mantenimiento seguro o para reducir el impacto ambiental o de ruido deben ser calificadas al 90 por ciento del desempeño certificado por CTI del modelo base asociado o al desempeño declarado por el fabricante, lo que sea menor. Los modelos base de torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica son torres de enfriamiento abiertas configuradas en exacta conformidad con los Datos de Registro presentados a CTI según lo especificado por CTI STD-201. No existen requisitos de certificación para torres de enfriamiento erigidas en campo.
e. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. Para almacenes refrigerados o aplicaciones de refrigeración comercial, los condensadores deben cumplir con los requisitos especificados en la Sección 120.6(a) o Sección 120.6(b).
a. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño de torres de enfriamiento de circuito abierto se define como la tasa de flujo de agua de la torre en las condiciones nominales dadas dividida por la potencia nominal de la placa del motor del ventilador.
b. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño de torres de enfriamiento de circuito cerrado se define como la tasa de flujo de agua de proceso de la torre en las condiciones nominales dadas dividida por la suma de la potencia nominal de la placa del motor del ventilador y la potencia nominal de la placa del motor de la bomba de aspersión integral.
c. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño del enfriador seco se define como la tasa de flujo de agua de proceso de la unidad en la condición térmica nominal dada dividida por la potencia nominal total de la placa del motor del ventilador de la unidad y el desempeño del condensador enfriado por aire se define como el calor rechazado del refrigerante dividido por la potencia nominal de la placa del motor del ventilador de la unidad.
d. Las torres de enfriamiento abiertas deben ser probadas usando los procedimientos de prueba en CTI ATC-105. El desempeño de torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica debe ser certificado como modelos base según lo especificado en CTI STD-201 o verificado mediante pruebas en campo por una agencia de pruebas aprobada por CTI. Las torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica con opciones personalizadas añadidas a un modelo base certificado por CTI para fines de mantenimiento seguro o para reducir el impacto ambiental o de ruido deben ser calificadas al 90 por ciento del desempeño certificado por CTI del modelo base asociado o al desempeño declarado por el fabricante, lo que sea menor. Los modelos base de torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica son torres de enfriamiento abiertas configuradas en exacta conformidad con los Datos de Registro presentados a CTI según lo especificado por CTI STD-201. No existen requisitos de certificación para torres de enfriamiento erigidas en campo.
e. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. Para almacenes refrigerados o aplicaciones de refrigeración comercial, los condensadores deben cumplir con los requisitos especificados en la Sección 120.6(a) o Sección 120.6(b).
a. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño de torres de enfriamiento de circuito abierto se define como la tasa de flujo de agua de la torre en las condiciones nominales dadas dividida por la potencia nominal de la placa del motor del ventilador.
b. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño de torres de enfriamiento de circuito cerrado se define como la tasa de flujo de agua de proceso de la torre en las condiciones nominales dadas dividida por la suma de la potencia nominal de la placa del motor del ventilador y la potencia nominal de la placa del motor de la bomba de aspersión integral.
c. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño del enfriador seco se define como la tasa de flujo de agua de proceso de la unidad en la condición térmica nominal dada dividida por la potencia nominal total de la placa del motor del ventilador de la unidad y el desempeño del condensador enfriado por aire se define como el calor rechazado del refrigerante dividido por la potencia nominal de la placa del motor del ventilador de la unidad.
d. Las torres de enfriamiento abiertas deben ser probadas usando los procedimientos de prueba en CTI ATC-105. El desempeño de torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica debe ser certificado como modelos base según lo especificado en CTI STD-201 o verificado mediante pruebas en campo por una agencia de pruebas aprobada por CTI. Las torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica con opciones personalizadas añadidas a un modelo base certificado por CTI para fines de mantenimiento seguro o para reducir el impacto ambiental o de ruido deben ser calificadas al 90 por ciento del desempeño certificado por CTI del modelo base asociado o al desempeño declarado por el fabricante, lo que sea menor. Los modelos base de torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica son torres de enfriamiento abiertas configuradas en exacta conformidad con los Datos de Registro presentados a CTI según lo especificado por CTI STD-201. No existen requisitos de certificación para torres de enfriamiento erigidas en campo.
e. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. Para almacenes refrigerados o aplicaciones de refrigeración comercial, los condensadores deben cumplir con los requisitos especificados en la Sección 120.6(a) o Sección 120.6(b).
a. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño de torres de enfriamiento de circuito abierto se define como la tasa de flujo de agua de la torre en las condiciones nominales dadas dividida por la potencia nominal de la placa del motor del ventilador.
b. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño de torres de enfriamiento de circuito cerrado se define como la tasa de flujo de agua de proceso de la torre en las condiciones nominales dadas dividida por la suma de la potencia nominal de la placa del motor del ventilador y la potencia nominal de la placa del motor de la bomba de aspersión integral.
c. Para los propósitos de esta tabla, el desempeño del enfriador seco se define como la tasa de flujo de agua de proceso de la unidad en la condición térmica nominal dada dividida por la potencia nominal total de la placa del motor del ventilador de la unidad y el desempeño del condensador enfriado por aire se define como el calor rechazado del refrigerante dividido por la potencia nominal de la placa del motor del ventilador de la unidad.
d. Las torres de enfriamiento abiertas deben ser probadas usando los procedimientos de prueba en CTI ATC-105. El desempeño de torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica debe ser certificado como modelos base según lo especificado en CTI STD-201 o verificado mediante pruebas en campo por una agencia de pruebas aprobada por CTI. Las torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica con opciones personalizadas añadidas a un modelo base certificado por CTI para fines de mantenimiento seguro o para reducir el impacto ambiental o de ruido deben ser calificadas al 90 por ciento del desempeño certificado por CTI del modelo base asociado o al desempeño declarado por el fabricante, lo que sea menor. Los modelos base de torres de enfriamiento abiertas ensambladas en fábrica son torres de enfriamiento abiertas configuradas en exacta conformidad con los Datos de Registro presentados a CTI según lo especificado por CTI STD-201. No existen requisitos de certificación para torres de enfriamiento erigidas en campo.
e. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. Para almacenes refrigerados o aplicaciones de refrigeración comercial, los condensadores deben cumplir con los requisitos especificados en la Sección 120.6(a) o Sección 120.6(b).

el 18 de jul de 2025 11:14 AM (CDT) EN CONSECUENCIA.

TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN, CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS

TABLA 110.2-F —REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA PARA AIRE ACONDICIONADO DE FLUJO VARIABLE DE REFRIGERANTE (VRF) OPERADO ELÉCTRICAMENTE Col2 Col3 Col4 Col5 Col6
TIPO DE EQUIPO CATEGORÍA DE TAMAÑO TIPO DE SECCIÓN
DE CALEFACCIÓN
SUBCATEGORÍA O
CONDICIÓN DE CALIFICACIÓN
EFICIENCIA
MÍNIMA
PROCEDIMIENTO
DE PRUEBAa
Aire acondicionado VRF,
enfriado por aire
< 65,000 Btu/h Todas Sistema multisplit VRF 13.0 SEER Antes del 1/1/2023
SEER2 mínimo federal
Desde el 1/1/2023
AHRI 1230 Antes
del 1/1/2023
AHRI 210/240 Desde
el 1/1/2023
Aire acondicionado VRF,
enfriado por aire
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
Resistencia eléctrica
(o ninguna)
Sistema multisplit VRF 10.5 EER
IEER mínimo federalb
AHRI 1230
Aire acondicionado VRF,
enfriado por aire
≥ 135,000 Btu/h y
< 240,000 Btu/h
Resistencia eléctrica
(o ninguna)
Sistema multisplit VRF 10.3 EER
IEER mínimo federalb
10.3 EER
IEER mínimo federalb
Aire acondicionado VRF,
enfriado por aire
≥ 240,000 Btu/h Resistencia eléctrica
(o ninguna)
Sistema multisplit VRF 9.5 EER
IEER mínimo federalb
9.5 EER
IEER mínimo federalb
a.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
b.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
a.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
b.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
a.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
b.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
a.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
b.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
a.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
b.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
a.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
b.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
TABLA 110.2-G —REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA PARA BOMBAS DE CALOR Y AIRE AIRE DE FLUJO VARIABLE DE REFRIGERANTE (VRF) OPERADAS ELÉCTRICAMENTE Col2 Col3 Col4 Col5 Col6
TIPO DE EQUIPO CATEGORÍA DE TAMAÑO TIPO DE SECCIÓN
DE CALEFACCIÓN
SUBCATEGORÍA O
CONDICIÓN DE CALIFICACIÓN
EFICIENCIA
MÍNIMA
PROCEDIMIENTO
DE PRUEBAa, b
VRF enfriado por aire
(modo de enfriamiento)
< 65,000 Btu/h Todas Sistema multisplit VRF 13.0 SEER
Antes del 1/1/2023
SEER2 mínimo federal
Desde el 1/1/2023
AHRI 1230 Antes
del 1/1/2023
AHRI 210/240 Desde
el 1/1/2023
VRF enfriado por aire
(modo de enfriamiento)
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
Resistencia eléctrica
(o ninguna)
Sistema multisplit VRFa 10.3 EER
IEER mínimo federalc
AHRI 1230
VRF enfriado por aire
(modo de enfriamiento)
≥ 135,000 Btu/h y
< 240,000 Btu/h
Resistencia eléctrica
(o ninguna)
Sistema multisplit VRFa 9.9 EER
IEER mínimo federalc
9.9 EER
IEER mínimo federalc
VRF enfriado por aire
(modo de enfriamiento)
≥ 240,000 Btu/h Resistencia eléctrica
(o ninguna)
Sistema multisplit VRFa 9.1 EER
IEER mínimo federalc
9.1 EER
IEER mínimo federalc
VRF fuente de agua
(modo de enfriamiento)
< 65,000 Btu/h Todas Sistema multisplit VRFa
Agua de entrada 86ºF
12.0 EER
IEER mínimo federalc
AHRI 1230
VRF fuente de agua
(modo de enfriamiento)
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
Todas Sistema multisplit VRFa
Agua de entrada 86ºF
12.0 EER
IEER mínimo federalc
12.0 EER
IEER mínimo federalc
VRF fuente de agua
(modo de enfriamiento)
≥ 135,000 Btu/h y
< 240,000 Btu/h
Todas Sistema multisplit VRFa
Agua de entrada 86ºF
10.0 EER
IEER mínimo federalc
10.0 EER
IEER mínimo federalc
VRF fuente de agua
(modo de enfriamiento)
≥ 240,000 Btu/h Todas Sistema multisplit VRFa
Agua de entrada 86ºF
10.0 EER
IEER mínimo federal
10.0 EER
IEER mínimo federal
VRF fuente de agua subterránea
(modo de enfriamiento)
< 135,000 Btu/h Todas Sistema multisplit VRFa
Agua de entrada 59ºF
16.2 EER AHRI 1230
VRF fuente de agua subterránea
(modo de enfriamiento)
≥ 135,000 Btu/h Todas Sistema multisplit VRFa
Agua de entrada 59ºF
13.8 EER 13.8 EER
VRF fuente terrestre
(modo de enfriamiento)
< 135,000 Btu/h Todas Sistema multisplit VRFa
Agua de entrada 77ºF
13.4 EER AHRI 1230
VRF fuente terrestre
(modo de enfriamiento)
≥ 135,000 Btu/h Todas Sistema multisplit VRFa
Agua de entrada 77ºF
11.0 EER 11.0 EER
VRF enfriado por aire
(modo de calefacción)
< 65,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF 7.7 HSPF
Antes del 1/1/2025
7.5 HSPF2
Desde el 1/1/2025
AHRI 1230
VRF enfriado por aire
(modo de calefacción)
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Aire exterior 47ºF db/43ºF wb
COP mínimo federal COP mínimo federal
VRF enfriado por aire
(modo de calefacción)
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Aire exterior 17ºF db/15ºF wb
2.25 COP 2.25 COP
VRF enfriado por aire
(modo de calefacción)
≥ 135,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Aire exterior 47ºF db/43ºF wb
COP mínimo federal COP mínimo federal
VRF enfriado por aire
(modo de calefacción)
≥ 135,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Aire exterior 17ºF db/15ºF wb
2.05 COP 2.05 COP

46 CÓDIGO DE ENERGÍA DE CALIFORNIA 2025

el 18 de jul de 2025 11:14 AM (CDT) EN CONSECUENCIA.

TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN,
CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS

TABLA 110.2-G — FLUJO VARIABLE DE REFRIGERANTE OPERADO ELÉCTRICAMENTE
AIRE-A-AIRE Y BOMBAS DE CALOR APLICADAS—REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA—continuación
Col2 Col3 Col4 Col5 Col6
TIPO DE EQUIPO CATEGORÍA DE TAMAÑO CALEFACCIÓN
TIPO DE SECCIÓN
SUBCATEGORÍA O
CONDICIÓN DE CALIFICACIÓN
EFICIENCIA
MÍNIMA
PROCEDIMIENTO
DE PRUEBAa, b
VRF Fuente de agua
(modo calefacción)
< 65,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Agua de entrada a 68ºF
COP Mínimo Federal AHRI 1230
VRF Fuente de agua
(modo calefacción)
≥ 65,000 Btu/h y
< 135,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Agua de entrada a 68ºF
COP Mínimo Federal COP Mínimo Federal
VRF Fuente de agua
(modo calefacción)
≥ 135,000 Btu/h y
< 240,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Agua de entrada a 68ºF
COP Mínimo Federal COP Mínimo Federal
VRF Fuente de agua
(modo calefacción)
≥ 240,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Agua de entrada a 68ºF
COP Mínimo Federal COP Mínimo Federal
VRF Fuente de agua subterránea
(modo calefacción)
< 135,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Agua de entrada a 50ºF
3.6 COP AHRI 1230
VRF Fuente de agua subterránea
(modo calefacción)
≥ 135,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Agua de entrada a 50ºF
3.3 COP 3.3 COP
VRF Fuente de tierra
(modo calefacción)
< 135,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Agua de entrada a 32ºF
3.1 COP AHRI 1230
VRF Fuente de tierra
(modo calefacción)
≥ 135,000 Btu/h
(capacidad de enfriamiento)
Sistema multisplit VRF
Agua de entrada a 32ºF
2.8 COP 2.8 COP
a.
Reste 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades de sistema multisplit de flujo variable de refrigerante (VRF) con sección de recuperación de calefacción.
b.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
c.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
a.
Reste 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades de sistema multisplit de flujo variable de refrigerante (VRF) con sección de recuperación de calefacción.
b.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
c.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
a.
Reste 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades de sistema multisplit de flujo variable de refrigerante (VRF) con sección de recuperación de calefacción.
b.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
c.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
a.
Reste 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades de sistema multisplit de flujo variable de refrigerante (VRF) con sección de recuperación de calefacción.
b.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
c.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
a.
Reste 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades de sistema multisplit de flujo variable de refrigerante (VRF) con sección de recuperación de calefacción.
b.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
c.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
a.
Reste 0.2 de los EER e IEER requeridos para unidades de sistema multisplit de flujo variable de refrigerante (VRF) con sección de recuperación de calefacción.
b.
El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.
c.
Los IEER solo son aplicables a equipos con control de capacidad según lo especificado en los procedimientos de prueba ANSI/AHRI 1230.
TABLA 110.2-H—UNIDADES DX-DOAS, PAQUETE ÚNICO Y CONDENSADOR REMOTO—REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA Col2 Col3 Col4 Col5
TIPO DE EQUIPO RECUPERACIÓN DE ENERGÍA SUBCATEGORÍA O
CONDICIÓN DE CALIFICACIÓN
EFICIENCIA
MÍNIMA
PROCEDIMIENTO
DE PRUEBAa
Enfriado por aire
(modo deshumidificación)
Sin recuperación de energía N/A 3.8 ISMRE2 AHRI 920
Bombas de calor de fuente de aire
(modo deshumidificación)
Sin recuperación de energía N/A 3.8 ISMRE2 AHRI 920
Enfriado por agua
(modo deshumidificación)
Sin recuperación de energía Agua de condensador de torre de enfriamiento 4.7 ISMRE2 AHRI 920
Bomba de calor de fuente de agua
(modo deshumidificación)
Sin recuperación de energía Fuente terrestre, circuito cerrado y abierto 4.6 ISMRE2 AHRI 920
Bomba de calor de fuente de agua
(modo deshumidificación)
Sin recuperación de energía Fuente de agua 3.8 ISMRE2 AHRI 920
Bombas de calor de fuente de aire
(modo calefacción)
Sin recuperación de energía N/A 2.05 ISCOP2 AHRI 920
Bomba de calor de fuente de agua
(modo calefacción)
Sin recuperación de energía Fuente terrestre, circuito cerrado y abierto 2.13 ISCOP2 AHRI 920
Bomba de calor de fuente de agua
(modo calefacción)
Sin recuperación de energía Fuente de agua 2.13 ISCOP2 AHRI 920
Enfriado por aire
(modo deshumidificación)
Con recuperación de energía N/A 5 ISMRE2 AHRI 920
Bombas de calor de fuente de aire
(modo deshumidificación)
Con recuperación de energía N/A 5 ISMRE2 AHRI 920
Enfriado por agua
(modo deshumidificación)
Con recuperación de energía Agua de condensador de torre de enfriamiento 5.1 ISMRE2 AHRI 920
Bomba de calor de fuente de agua
(modo deshumidificación)
Con recuperación de energía Fuente terrestre, circuito cerrado y abierto 5.0 ISMRE2 AHRI 920
Bomba de calor de fuente de agua
(modo deshumidificación)
Con recuperación de energía Fuente de agua 4.6 ISMRE2 AHRI 920
Bombas de calor de fuente de aire
(modo calefacción)
Con recuperación de energía N/A 3.2 ISCOP2 AHRI 920
Bomba de calor de fuente de agua
(modo calefacción)
Con recuperación de energía Fuente terrestre, circuito cerrado y abierto 3.5 ISCOP2 AHRI 920
Bomba de calor de fuente de agua
(modo calefacción)
Con recuperación de energía Fuente de agua 4.04 ISCOP2 AHRI 920
a. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. a. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. a. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. a. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones. a. El procedimiento de prueba aplicable y el año de referencia se proporcionan en las definiciones.

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) EN VIRTUD DE LO ANTERIOR.

TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN,
CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS

TABLA 110.2-I—PAQUETES DE BOMBAS DE CALOR Y ENFRIADORES DE RECUPERACIÓN DE CALOR, OPERACIÓN DE ENFRIAMIENTO – REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA Col2 Col3 Col4 Col5
TIPO DE EQUIPO CATEGORÍA DE TAMAÑO
CAPACIDAD
DE REFRIGERACIÓNa, TONR
EFICIENCIA EN OPERACIÓN
DE ENFRIAMIENTOb, c, d, e,
EER DE FUENTE DE AIRE (FL/IPLV),
Btu/Wh, ENTRADA DE POTENCIA
POR CAPACIDAD
(FL/IPLV), kW/TONR CAMINO A
EFICIENCIA EN OPERACIÓN
DE ENFRIAMIENTOb, c, d, e,
EER DE FUENTE DE AIRE (FL/IPLV),
Btu/Wh, ENTRADA DE POTENCIA
POR CAPACIDAD
(FL/IPLV), kW/TONR CAMINO B
PROCEDIMIENTO
DE PRUEBA
Fuente de aire < 150 > 5.595 FL
> 13.02 IPLV.IP > 9.215 FL
> 15.01 IPLV.IP
Fuente de aire > 150 > 5.595 FL
> 13.30 IPLV.IP
> 9.215 FL
> 15.30 IPLV.IP
AHRI/550/590
Fuente líquida operada eléctricamente
desplazamiento positivo
> 11.25f y < 150 < 0.7895 FL
< 0.6316 IPLV.IP
< 0.8211 FL
< 0.5263 IPLV.IP
AHRI/550/590
Fuente líquida operada eléctricamente
desplazamiento positivo
> 150 y < 300 < 0.7579 FL
< 0.5895 IPLV.IP
< 0.7895 FL
< 0.5158 IPLV.IP
AHRI/550/590
Fuente líquida operada eléctricamente
desplazamiento positivo
> 300 y < 400 < 0.6947 FL
< 0.5684 IPLV.IP
< 0.7158 FL
< 0.4632 IPLV.IP
AHRI/550/590
Fuente líquida operada eléctricamente
desplazamiento positivo
> 400 y < 600 < 0.6421 FL
< 0.5474 IPLV.IP
< 0.6579 FL
< 0.4316 IPLV.IP
AHRI/550/590
Fuente líquida operada eléctricamente
desplazamiento positivo
> 600 < 0.5895 FL
< 0.5263 IPLV.IP
< 0.6158 FL
< 0.4000 IPLV.IP
AHRI/550/590
Fuente líquida operada eléctricamente
centrífuga
> 11.25f y < 150 < 0.6421 FL
< 0.5789 IPLV.IP
< 0.7316 FL
< 0.4632 IPLV.IP
AHRI/550/590
Fuente líquida operada eléctricamente
centrífuga
> 150 y < 300 < 0.6190 FL
< 0.5748 IPLV.IP
< 0.6684 FL
< 0.4211 IPLV.IP
AHRI/550/590
Fuente líquida operada eléctricamente
centrífuga
> 300 y < 400 < 0.5895 FL
< 0.5526 IPLV.IP
< 0.6263 FL
< 0.4105 IPLV.IP
AHRI/550/590
Fuente líquida operada eléctricamente
centrífuga
> 400 y < 600 < 0.5895 FL
< 0.5263 IPLV.IP
< 0.6158 FL
< 0.4000 IPLV.IP
AHRI/550/590
Fuente líquida operada eléctricamente
centrífuga
> 600 < 0.5895 FL
< 0.5263 IPLV.IP
< 0.6158 FL
< 0.4000 IPLV.IP
AHRI/550/590
a.
La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b.
Las condiciones de calificación para enfriamiento son condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, excepto para paquetes de enfriamiento centrífugos refrigerados por líquido, que pueden ajustar la eficiencia de enfriamiento para condiciones no estándar usando el procedimiento Kadj conforme a la Sección 110.2(a).
c.
Para operación de enfriamiento, se requiere cumplimiento tanto con FL como con IPLV, pero solo se requiere cumplimiento con la eficiencia de enfriamiento del Camino A o Camino B.
d.
Para unidades que operan en enfriamiento y calefacción, se requiere cumplimiento con ambas eficiencias.
e.
Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el COPHR de recuperación de calor en calefacción solo se requiere en una de las cuatro condiciones estándar de calificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el desempeño solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c.
f.
Las bombas de calor agua-agua con capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
a.
La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b.
Las condiciones de calificación para enfriamiento son condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, excepto para paquetes de enfriamiento centrífugos refrigerados por líquido, que pueden ajustar la eficiencia de enfriamiento para condiciones no estándar usando el procedimiento Kadj conforme a la Sección 110.2(a).
c.
Para operación de enfriamiento, se requiere cumplimiento tanto con FL como con IPLV, pero solo se requiere cumplimiento con la eficiencia de enfriamiento del Camino A o Camino B.
d.
Para unidades que operan en enfriamiento y calefacción, se requiere cumplimiento con ambas eficiencias.
e.
Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el COPHR de recuperación de calor en calefacción solo se requiere en una de las cuatro condiciones estándar de calificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el desempeño solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c.
f.
Las bombas de calor agua-agua con capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
a.
La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b.
Las condiciones de calificación para enfriamiento son condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, excepto para paquetes de enfriamiento centrífugos refrigerados por líquido, que pueden ajustar la eficiencia de enfriamiento para condiciones no estándar usando el procedimiento Kadj conforme a la Sección 110.2(a).
c.
Para operación de enfriamiento, se requiere cumplimiento tanto con FL como con IPLV, pero solo se requiere cumplimiento con la eficiencia de enfriamiento del Camino A o Camino B.
d.
Para unidades que operan en enfriamiento y calefacción, se requiere cumplimiento con ambas eficiencias.
e.
Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el COPHR de recuperación de calor en calefacción solo se requiere en una de las cuatro condiciones estándar de calificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el desempeño solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c.
f.
Las bombas de calor agua-agua con capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
a.
La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b.
Las condiciones de calificación para enfriamiento son condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, excepto para paquetes de enfriamiento centrífugos refrigerados por líquido, que pueden ajustar la eficiencia de enfriamiento para condiciones no estándar usando el procedimiento Kadj conforme a la Sección 110.2(a).
c.
Para operación de enfriamiento, se requiere cumplimiento tanto con FL como con IPLV, pero solo se requiere cumplimiento con la eficiencia de enfriamiento del Camino A o Camino B.
d.
Para unidades que operan en enfriamiento y calefacción, se requiere cumplimiento con ambas eficiencias.
e.
Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el COPHR de recuperación de calor en calefacción solo se requiere en una de las cuatro condiciones estándar de calificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el desempeño solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c.
f.
Las bombas de calor agua-agua con capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
a.
La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b.
Las condiciones de calificación para enfriamiento son condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, excepto para paquetes de enfriamiento centrífugos refrigerados por líquido, que pueden ajustar la eficiencia de enfriamiento para condiciones no estándar usando el procedimiento Kadj conforme a la Sección 110.2(a).
c.
Para operación de enfriamiento, se requiere cumplimiento tanto con FL como con IPLV, pero solo se requiere cumplimiento con la eficiencia de enfriamiento del Camino A o Camino B.
d.
Para unidades que operan en enfriamiento y calefacción, se requiere cumplimiento con ambas eficiencias.
e.
Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el COPHR de recuperación de calor en calefacción solo se requiere en una de las cuatro condiciones estándar de calificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el desempeño solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c.
f.
Las bombas de calor agua-agua con capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.

48 CÓDIGO DE ENERGÍA DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) EN VIRTUD DE LO ANTERIOR.

TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN,
CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS

TABLA 110.2-J—PAQUETES DE BOMBAS DE CALOR Y ENFRIADORES DE RECUPERACIÓN DE CALOR,
BOMBA DE CALOR, OPERACIÓN DE CALEFACCIÓN—REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA
Col2 Col3 Col4 Col5 Col6 Col7
Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire
CATEGORÍA DE TAMAÑO
CAPACIDAD DE
REFRIGERACIÓNa, TONR
CONDICIONES DE
FUENTE DE
CALEFACCIÓN
(LÍQUIDO DE SALIDA)
O
OAT
(db/wb)b,°F
BOMBA DE CALOR
CALEFACCIÓN-CARGA COMPLETA
EFICIENCIA DE
CALEFACCIÓN
(COPH) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DE
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
BAJA, 95°F/105°F
BOMBA DE CALOR
CALEFACCIÓN-CARGA COMPLETA
EFICIENCIA DE
CALEFACCIÓN
(COPH) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DE
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
MEDIA, 105°F/120°F
BOMBA DE CALOR
CALEFACCIÓN-CARGA COMPLETA
EFICIENCIA DE
CALEFACCIÓN
(COPH) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DE
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
ALTA, 120°F/140°F
BOMBA DE CALOR
CALEFACCIÓN-CARGA COMPLETA
EFICIENCIA DE
CALEFACCIÓN
(COPH) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DE
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
IMPULSO, 120°F/140°F
PROCEDIMIENTO
DE PRUEBA
< 150 47 db
43 wb
> 3.29 > 2.77 > 2.31 NAj AHRI 550/590
< 150 17 db
15 wb
> 2.029 > 1.775 > 1.483 NAj AHRI 550/590
> 150 47 db
43 wb
> 3.29 > 2.77 > 2.31 NAj AHRI 550/590
> 150 17 db
15 wb
> 2.029 > 1.775 > 1.483 NAj AHRI 550/590
Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento positivo operado eléctricamente
> 11.25h y < 150 44i > 4.64 > 3.68 > 2.68 NAj AHRI 550/590
> 11.25 h y < 150 65 i NAj NAj NAj > 3.55 AHRI 550/590
> 150 y < 300 44i > 4.64 > 3.68 > 2.68 NAj AHRI 550/590
> 150 y < 300 65 i NAj NAj NAj > 3.55 AHRI 550/590
> 300 y < 400 44i > 4.64 > 3.68 > 2.68 NAj AHRI 550/590
> 300 y < 400 65 i NAj NAj NAj > 3.55 AHRI 550/590
> 400 y < 600 44i > 4.93 > 3.96 > 2.97 NAj AHRI 550/590
> 400 y < 600 65 i NAj NAj NAj > 3.9 AHRI 550/590
> 600 44i > 4.93 > 3.96 > 2.97 NAg AHRI 550/590
> 600 65 i NAj NAj NAj > 3.9 AHRI 550/590
Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida con desplazamiento centrífugo operado eléctricamente
> 11.25h y < 150 44i > 4.64 > 3.68 > 2.68 NAj AHRI 550/590
> 11.25 h y < 150 65 i NAj NAj NAj > 3.55 AHRI 550/590
> 150 y < 300 44i > 4.64 > 3.68 > 2.68 NAj AHRI 550/590
> 150 y < 300 65 i NAj NAj NAj > 3.55 AHRI 550/590
> 300 y < 400 44i > 4.64 > 3.68 > 2.68 NAj AHRI 550/590
> 300 y < 400 65 i NAg NAg NAg > 3.55 AHRI 550/590
> 400 y < 600 44i > 4.93 > 3.96 > 2.97 NAj AHRI 550/590
> 400 y < 600 65 i NAj NAj NAj > 3.9 AHRI 550/590
> 600 44i > 4.93 > 3.96 > 2.97 NAj AHRI 550/590
> 600 65 i NAj NAj NAj > 3.9 AHRI 550/590
a. La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b. Para bombas de calor de fuente de aire, se requiere cumplimiento con la eficiencia de clasificación a temperaturas exteriores de fuente de calefacción de 47°F y 17°F (OAT) para calefacción.
c. Las condiciones de clasificación de carga completa para calefacción son las condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, incluye el impacto del deshielo para clasificaciones de calefacción de fuente de aire.
d. Para unidades que operan tanto en enfriamiento como en calefacción, se requiere cumplimiento con ambas eficiencias, de enfriamiento y calefacción.
e. Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el rendimiento de calefacción COPHR de recuperación de calor solo se requiere en una de las cuatro condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P) de Bajo, Medio, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el rendimiento solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I.
f. Para aplicaciones donde el paquete de enfriamiento está instalado para operar solo en calefacción, solo se requiere cumplimiento con el rendimiento de calefacción COPH en una de las condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P) de Bajo, Medio, Alto o Impulso. No se requiere cumplimiento con el rendimiento de enfriamiento.
g. Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con bomba de calor donde la capacidad de enfriamiento no se utiliza para acondicionamiento, solo se requiere cumplimiento con el rendimiento de calefacción COPH en una de las condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P) de Bajo, Medio, Alto o Impulso. Se requiere cumplimiento con el rendimiento de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I, excepto como se indica en la Nota f.
h. Las bombas de calor agua-agua con una capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
i. Temperatura del líquido de salida de la fuente.
1. La tasa de flujo del líquido del evaporador de enfriamiento usada para la clasificación de calefacción para una bomba de calor aire-agua de ciclo inverso será la tasa de flujo determinada durante la clasificación de enfriamiento a carga completa.
2. La tasa de flujo del líquido del evaporador de enfriamiento para la clasificación de paquetes de enfriamiento con enfriamiento y calefacción simultáneos y recuperación de calor enfriados por líquido será la tasa de flujo del líquido de la operación de enfriamiento a carga completa.
3. Para paquetes de enfriamiento fluido a fluido solo para calefacción, se usará la tasa de flujo del evaporador obtenida con una temperatura de líquido entrante de 54°F y una temperatura de líquido saliente de 44°F.
j. NA significa que los requisitos no son aplicables.
a. La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b. Para bombas de calor de fuente de aire, se requiere cumplimiento con la eficiencia de clasificación a temperaturas exteriores de fuente de calefacción de 47°F y 17°F (OAT) para calefacción.
c. Las condiciones de clasificación de carga completa para calefacción son las condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, incluye el impacto del deshielo para clasificaciones de calefacción de fuente de aire.
d. Para unidades que operan tanto en enfriamiento como en calefacción, se requiere cumplimiento con ambas eficiencias, de enfriamiento y calefacción.
e. Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el rendimiento de calefacción COPHR de recuperación de calor solo se requiere en una de las cuatro condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P) de Bajo, Medio, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el rendimiento solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I.
f. Para aplicaciones donde el paquete de enfriamiento está instalado para operar solo en calefacción, solo se requiere cumplimiento con el rendimiento de calefacción COPH en una de las condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P) de Bajo, Medio, Alto o Impulso. No se requiere cumplimiento con el rendimiento de enfriamiento.
g. Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con bomba de calor donde la capacidad de enfriamiento no se utiliza para acondicionamiento, solo se requiere cumplimiento con el rendimiento de calefacción COPH en una de las condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P) de Bajo, Medio, Alto o Impulso. Se requiere cumplimiento con el rendimiento de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I, excepto como se indica en la Nota f.
h. Las bombas de calor agua-agua con una capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
i. Temperatura del líquido de salida de la fuente.
1. La tasa de flujo del líquido del evaporador de enfriamiento usada para la clasificación de calefacción para una bomba de calor aire-agua de ciclo inverso será la tasa de flujo determinada durante la clasificación de enfriamiento a carga completa.
2. La tasa de flujo del líquido del evaporador de enfriamiento para la clasificación de paquetes de enfriamiento con enfriamiento y calefacción simultáneos y recuperación de calor enfriados por líquido será la tasa de flujo del líquido de la operación de enfriamiento a carga completa.
3. Para paquetes de enfriamiento fluido a fluido solo para calefacción, se usará la tasa de flujo del evaporador obtenida con una temperatura de líquido entrante de 54°F y una temperatura de líquido saliente de 44°F.
j. NA significa que los requisitos no son aplicables.

en 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN,
CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS

TABLA 110.2-K—PAQUETES DE BOMBAS DE CALOR Y ENFRIADORES DE RECUPERACIÓN DE CALOR,
OPERACIÓN SIMULTÁNEA DE REFRIGERACIÓN Y CALEFACCIÓN, OPERACIÓN DE CALEFACCIÓN—REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA
Col2 Col3 Col4 Col5 Col6 Col7
Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire
CATEGORÍA DE TAMAÑO
CAPACIDAD DE
REFRIGERACIÓNa,
TONR
CONDICIONES DE
FUENTE DE
CALEFACCIÓN
(LÍQUIDO DE SALIDA)
O
OAT
(db/wb)b,°F
EFICIENCIA DE CARGA COMPLETA
EN REFRIGERACIÓN Y
CALEFACCIÓN SIMULTÁNEAS
(COPSHC) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DE
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE, BAJA,
95°F/105°F
EFICIENCIA DE CARGA COMPLETA
EN REFRIGERACIÓN Y
CALEFACCIÓN SIMULTÁNEAS
(COPH) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DE
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
MEDIA, 105°F/120°F
EFICIENCIA DE CARGA COMPLETA
EN REFRIGERACIÓN Y
CALEFACCIÓN SIMULTÁNEAS
(COPSHC) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DE
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
ALTA, 120°F/140°F
EFICIENCIA DE CARGA COMPLETA
EN REFRIGERACIÓN Y
CALEFACCIÓN SIMULTÁNEAS
(COPSHC) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DE
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
IMPULSO, 120°F/140°F
PROCEDIMIENTO
DE PRUEBA
< 150 47 db
43 wb
NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
< 150 17 db
15 wb
NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 150 47 db
43 wb
NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 150 17 db
15 wb
NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
Tipo de equipo: Fuente líquida, desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, desplazamiento positivo operado eléctricamente
> 11.25h y < 150 44i > 8.33 > 6.41 > 4.42 NAj AHRI 550/590
> 11.25 h y < 150 65 i NAj NAj NAj > 6.150 AHRI 550/590
> 150 y < 300 44i > 8.33 > 6.41 > 4.42 NAj AHRI 550/590
> 150 y < 300 65 i NAj NAj NAj > 6.150 AHRI 550/590
> 300 y < 400 44i > 8.33 > 6.41 > 4.42 NAj AHRI 550/590
> 300 y < 400 65 i NAj NAj NAj > 6.150 AHRI 550/590
> 400 y < 600 44i > 8.9 > 6.98 > 5 NAj AHRI 550/590
> 400 y < 600 65 i NAj NAj NAj > 6.85 AHRI 550/590
> 600 44i > 8.9 > 6.98 > 5 NAj AHRI 550/590
> 600 65 i NAj NAj NAj > 6.85 AHRI 550/590
Tipo de equipo: Fuente líquida, centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida, centrífugo operado eléctricamente
> 11.25h y < 150 44i > 8.33 > 6.41 > 4.42 NAj AHRI 550/590
> 11.25 h y < 150 65 i NAj NAj NAj > 6.150 AHRI 550/590
> 150 y < 300 44i > 8.33 > 6.41 > 4.42 NAj AHRI 550/590
> 150 y < 300 65 i NAj NAj NAj > 6.150 AHRI 550/590
> 300 y < 400 44i > 8.33 > 6.41 > 4.42 NAj AHRI 550/590
> 300 y < 400 65 i NAj NAj NAj > 6.150 AHRI 550/590
> 400 y < 600 44i > 8.9 > 6.98 > 5 NAj AHRI 550/590
> 400 y < 600 65 i NAj NAj NAj > 6.85 AHRI 550/590
> 600 44i > 8.9 > 6.98 > 5 NAj AHRI 550/590
> 600 65 i NAj NAj NAj > 6.85 AHRI 550/590
a. La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b. Para bombas de calor de fuente de aire, se requiere el cumplimiento con la eficiencia de clasificación a temperatura de aire exterior (OAT) de fuente de calefacción tanto a 47°F como a 17°F para calefacción.
c. Las condiciones de clasificación de carga completa para calefacción son las condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, que incluyen el impacto del desescarche para las clasificaciones de calefacción de fuente de aire.
d. Para unidades que operan tanto en refrigeración como en calefacción, se requiere el cumplimiento con la eficiencia tanto de refrigeración como de calefacción.
e. Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay refrigeración y calefacción simultáneas, el cumplimiento con el rendimiento de calefacción COPHR de recuperación de calor solo se requiere en una de las cuatro condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere el cumplimiento con el rendimiento solo de refrigeración según se define en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I.
f. Las condiciones de clasificación de carga completa para calefacción son las condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, que incluyen el impacto del desescarche para las clasificaciones de calefacción de fuente de aire.
g. Para aplicaciones de enfriadores con refrigeración y calefacción simultáneas, el cumplimiento con el rendimiento simultáneo de refrigeración COPSHC de recuperación de calor solo se requiere en una de las condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Alta o Impulso. Se requiere el cumplimiento con el rendimiento de refrigeración según se define en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I.
h. Las bombas de calor agua-agua con una capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
i. Temperatura del líquido de salida de la fuente.
1. La tasa de flujo de líquido del evaporador de refrigeración usada para la clasificación de calefacción para una bomba de calor aire-agua de ciclo inverso será la tasa de flujo determinada durante la clasificación de refrigeración a carga completa.
2. La tasa de flujo de líquido del evaporador de refrigeración para la clasificación de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor y refrigeración y calefacción simultáneas será la tasa de flujo de líquido de la operación de refrigeración a carga completa.
3. Para paquetes de enfriadores fluido a fluido solo para calefacción, se usará la tasa de flujo del evaporador obtenida con una temperatura de líquido entrante de 54°F y una temperatura de líquido saliente de 44°F.
j. NA significa que los requisitos no son aplicables.
a. La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b. Para bombas de calor de fuente de aire, se requiere el cumplimiento con la eficiencia de clasificación a temperatura de aire exterior (OAT) de fuente de calefacción tanto a 47°F como a 17°F para calefacción.
c. Las condiciones de clasificación de carga completa para calefacción son las condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, que incluyen el impacto del desescarche para las clasificaciones de calefacción de fuente de aire.
d. Para unidades que operan tanto en refrigeración como en calefacción, se requiere el cumplimiento con la eficiencia tanto de refrigeración como de calefacción.
e. Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay refrigeración y calefacción simultáneas, el cumplimiento con el rendimiento de calefacción COPHR de recuperación de calor solo se requiere en una de las cuatro condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere el cumplimiento con el rendimiento solo de refrigeración según se define en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I.
f. Las condiciones de clasificación de carga completa para calefacción son las condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, que incluyen el impacto del desescarche para las clasificaciones de calefacción de fuente de aire.
g. Para aplicaciones de enfriadores con refrigeración y calefacción simultáneas, el cumplimiento con el rendimiento simultáneo de refrigeración COPSHC de recuperación de calor solo se requiere en una de las condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Alta o Impulso. Se requiere el cumplimiento con el rendimiento de refrigeración según se define en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I.
h. Las bombas de calor agua-agua con una capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
i. Temperatura del líquido de salida de la fuente.
1. La tasa de flujo de líquido del evaporador de refrigeración usada para la clasificación de calefacción para una bomba de calor aire-agua de ciclo inverso será la tasa de flujo determinada durante la clasificación de refrigeración a carga completa.
2. La tasa de flujo de líquido del evaporador de refrigeración para la clasificación de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor y refrigeración y calefacción simultáneas será la tasa de flujo de líquido de la operación de refrigeración a carga completa.
3. Para paquetes de enfriadores fluido a fluido solo para calefacción, se usará la tasa de flujo del evaporador obtenida con una temperatura de líquido entrante de 54°F y una temperatura de líquido saliente de 44°F.
j. NA significa que los requisitos no son aplicables.

50 CÓDIGO DE ENERGÍA DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN, CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS

TABLA 110.2-L—PAQUETES DE BOMBAS DE CALOR Y ENFRIADORES DE RECUPERACIÓN DE CALOR, RECUPERACIÓN DE CALOR,
OPERACIÓN DE CALEFACCIÓN—REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA
Col2 Col3 Col4 Col5 Col6 Col7
Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire Tipo de equipo: Fuente de aire
CATEGORÍA DE TAMAÑO
CAPACIDAD DE
REFRIGERACIÓNa,
TONR
CONDICIONES DE
FUENTE DE
CALEFACCIÓN
(LÍQUIDO DE SALIDA)
O
OAT
(db/wb)b,°F
EFICIENCIA DE
CALEFACCIÓN DE RECUPERACIÓN
A CARGA COMPLETA
(COPSHC) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DEL
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
BAJA, 95°F/105°F
EFICIENCIA DE
CALEFACCIÓN DE RECUPERACIÓN
A CARGA COMPLETA
(COPSHC) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DEL
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
MEDIA, 105°F/120°F
EFICIENCIA DE
CALEFACCIÓN DE RECUPERACIÓN
A CARGA COMPLETA
(COPSHC) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DEL
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
ALTA, 120°F/140°F
EFICIENCIA DE
CALEFACCIÓN DE RECUPERACIÓN
A CARGA COMPLETA
(COPSHC) c, d, e, f, g, W/W,
TEMPERATURA DEL
LÍQUIDO DE CALEFACCIÓN
ENTRANTE/SALIENTE,
IMPULSO, 120°F/140°F
PROCEDIMIENTO
DE PRUEBA
< 150 47 db
43 wb
NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
< 150 17 db
15 wb
NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 150 47 db
43 wb
NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 150 17 db
15 wb
NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
Tipo de equipo: Fuente líquida desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida desplazamiento positivo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida desplazamiento positivo operado eléctricamente
> 11.25h y < 150 44i > 8.33 > 6.41 > 4.862 > 4.42 AHRI 550/590
> 11.25 h y < 150 65 i NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 150 y < 300 44i > 8.33 > 6.41 > 4.862 > 4.42 AHRI 550/590
> 150 y < 300 65 i NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 300 y < 400 44i > 8.33 > 6.41 > 4.862 > 4.42 AHRI 550/590
> 300 y < 400 65 i NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 400 y < 600 44i > 8.9 > 6.98 > 5.5 > 5 AHRI 550/590
> 400 y < 600 65 i NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 600 44i > 8.9 > 6.98 > 5.5 > 5 AHRI 550/590
> 600 65 i NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
Tipo de equipo: Fuente líquida centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida centrífugo operado eléctricamente Tipo de equipo: Fuente líquida centrífugo operado eléctricamente
> 11.25h y < 150 44i > 8.33 > 6.41 > 4.862 > 4.42 AHRI 550/590
> 11.25 h y < 150 65 i NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 150 y < 300 44i > 8.33 > 6.41 > 4.862 > 4.42 AHRI 550/590
> 150 y < 300 65 i NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 300 y < 400 44i > 8.33 > 6.41 > 4.862 > 4.42 AHRI 550/590
> 300 y < 400 65 i NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 400 y < 600 44i > 8.9 > 6.98 > 5.5 > 5 AHRI 550/590
> 400 y < 600 65 i NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
> 600 44i > 8.9 > 6.98 > 5.5 > 5 AHRI 550/590
> 600 65 i NAj NAj NAj NAj AHRI 550/590
a. La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b. Para bombas de calor de fuente de aire, se requiere cumplimiento con la eficiencia de clasificación a temperaturas exteriores de fuente de calefacción de 47°F y 17°F (OAT) para calefacción.
c. Las condiciones de clasificación a carga completa para calefacción son las condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, que incluyen el impacto del deshielo para las clasificaciones de calefacción de fuente de aire.
d. Para unidades que operan tanto en enfriamiento como en calefacción, se requiere cumplimiento con ambas eficiencias, de enfriamiento y calefacción.
e. Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el COPHR de recuperación de calor en calefacción se requiere solo en una de las cuatro condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el desempeño solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I.
f. Para paquetes de enfriamiento con recuperación de calor de fuente líquida que tienen capacidades para rechazo de calor a un condensador de recuperación de calor y a un condensador de torre, el COPHR aplica a la operación a carga completa con recuperación de calor al 100% (sin rechazo a torre). Las unidades que solo tienen capacidades para recuperación parcial de calor deberán cumplir con los requisitos de la Tabla 110.2-D, Paquetes de Enfriamiento de Agua—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
g. Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el COPHR de recuperación de calor en calefacción se requiere solo en una de las cuatro condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el desempeño solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I.
h. Las bombas de calor agua-agua con una capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
i. Temperatura del líquido de salida de la fuente.
1. La tasa de flujo del líquido del evaporador de enfriamiento usada para la clasificación de calefacción para una bomba de calor aire-agua de ciclo inverso será la tasa de flujo determinada durante la clasificación de enfriamiento a carga completa.
2. La tasa de flujo del líquido del evaporador de enfriamiento para la clasificación de paquetes de enfriamiento refrigerados por líquido con enfriamiento y calefacción simultáneos y recuperación de calor será la tasa de flujo de líquido de la clasificación de operación de enfriamiento a carga completa.
3. Para paquetes de enfriamiento fluido a fluido solo para calefacción, se usará la tasa de flujo del evaporador obtenida con una temperatura de líquido entrante de 54°F y una temperatura de líquido saliente de 44°F.
j. NA significa que los requisitos no son aplicables.
a. La categoría de tamaño es la capacidad neta de refrigeración en modo de carga completa, que es la capacidad del evaporador disponible para enfriar la carga térmica externa al paquete de enfriamiento.
b. Para bombas de calor de fuente de aire, se requiere cumplimiento con la eficiencia de clasificación a temperaturas exteriores de fuente de calefacción de 47°F y 17°F (OAT) para calefacción.
c. Las condiciones de clasificación a carga completa para calefacción son las condiciones estándar definidas en AHRI 550/590 (I-P), Tabla 4, que incluyen el impacto del deshielo para las clasificaciones de calefacción de fuente de aire.
d. Para unidades que operan tanto en enfriamiento como en calefacción, se requiere cumplimiento con ambas eficiencias, de enfriamiento y calefacción.
e. Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el COPHR de recuperación de calor en calefacción se requiere solo en una de las cuatro condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el desempeño solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I.
f. Para paquetes de enfriamiento con recuperación de calor de fuente líquida que tienen capacidades para rechazo de calor a un condensador de recuperación de calor y a un condensador de torre, el COPHR aplica a la operación a carga completa con recuperación de calor al 100% (sin rechazo a torre). Las unidades que solo tienen capacidades para recuperación parcial de calor deberán cumplir con los requisitos de la Tabla 110.2-D, Paquetes de Enfriamiento de Agua—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
g. Para aplicaciones de paquetes de enfriamiento con recuperación de calor donde hay enfriamiento y calefacción simultáneos, el cumplimiento con el COPHR de recuperación de calor en calefacción se requiere solo en una de las cuatro condiciones estándar de clasificación de calefacción AHRI 550/590 (I-P): Baja, Media, Agua Caliente 1 o Agua Caliente 2. Se requiere cumplimiento con el desempeño solo de enfriamiento según lo definido en las Notas b y c de la Tabla 110.2-I.
h. Las bombas de calor agua-agua con una capacidad menor a 135,000 Btu/h están incluidas en la Tabla 110.2-B, Bombas de Calor—Requisitos Mínimos de Eficiencia.
i. Temperatura del líquido de salida de la fuente.
1. La tasa de flujo del líquido del evaporador de enfriamiento usada para la clasificación de calefacción para una bomba de calor aire-agua de ciclo inverso será la tasa de flujo determinada durante la clasificación de enfriamiento a carga completa.
2. La tasa de flujo del líquido del evaporador de enfriamiento para la clasificación de paquetes de enfriamiento refrigerados por líquido con enfriamiento y calefacción simultáneos y recuperación de calor será la tasa de flujo de líquido de la clasificación de operación de enfriamiento a carga completa.
3. Para paquetes de enfriamiento fluido a fluido solo para calefacción, se usará la tasa de flujo del evaporador obtenida con una temperatura de líquido entrante de 54°F y una temperatura de líquido saliente de 44°F.
j. NA significa que los requisitos no son aplicables.

TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN, CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS

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