Capítulo 2 — TODAS LAS OCUPACIONES — REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA
Sección 110.3 — REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA SISTEMAS Y EQUIPOS DE CALEFACCIÓN DE AGUA…
2025 California Energy Code (Title 24, Part 6) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
(a) Certificación por parte de los fabricantes. Cualquier sistema o equipo de calefacción de agua de servicio podrá instalarse únicamente si el fabricante ha certificado que el sistema o equipo cumple con todos los requisitos de esta subsección para dicho sistema o equipo.
- Controles de temperatura para sistemas de calefacción de agua de servicio. Los sistemas de calefacción de agua de servicio deberán estar equipados con controles automáticos de temperatura capaces de ajustarse desde la configuración de temperatura más baja hasta la más alta aceptable para el uso previsto, según se indica en la Tabla 3, Capítulo 50 del ASHRAE Handbook, HVAC Applications Volume o en la Tabla 613.1 del California Plumbing Code para instalaciones de atención médica. Excepción a la Sección 110.3(a)1: Ocupaciones residenciales.
(b) Eficiencia. El equipo deberá cumplir con los requisitos aplicables del Appliance Efficiency Regulations según lo requerido por la Sección 110.1, sujeto a lo siguiente:
Si en el Appliance Efficiency Regulations se listan más de un estándar, el equipo deberá cumplir con todos los estándares listados; y
Si en el Appliance Efficiency Regulations se listan más de un método de prueba, el equipo deberá cumplir con el estándar aplicable cuando se pruebe con cada método; y
Cuando el equipo pueda cumplir más de una función, como calefacción y refrigeración, o calefacción de espacio y calefacción de agua, deberá cumplir con todos los requisitos aplicables a cada función; y
Cuando un requisito sea para equipo calificado a su “capacidad máxima nominal” o “capacidad mínima nominal,” la capacidad deberá ser la prevista y permitida por los controles, durante operación en estado estable.
(c) Instalación. Cualquier sistema o equipo de calefacción de agua de servicio podrá instalarse únicamente si el sistema o equipo cumple con todos los requisitos aplicables de esta subsección para dicho sistema o equipo.
- Controles de temperatura de salida. En sistemas con una capacidad total mayor a 167,000 Btu/hr, las salidas que requieran temperaturas superiores a las del agua de servicio listadas en el ASHRAE Handbook, Applications Volume, deberán contar con calentadores remotos separados, intercambiadores de calor o impulsores para suministrar la salida con la temperatura más alta. Excepción a la Sección 110.3(c)1: Los sistemas cubiertos por la Sección 613.0 del California Plumbing Code deberán seguir los requisitos de dicha sección.
- Controles para sistemas de distribución de agua caliente. Los sistemas de agua caliente de servicio con bombas circuladoras o con sistemas eléctricos de traza térmica deberán ser capaces de apagarse automáticamente. Excepción a la Sección 110.3(c)2: Sistemas que sirven a instalaciones de atención médica.
- Aislamiento. Los tanques de almacenamiento de calentadores de agua de servicio no alimentados y los tanques de respaldo para sistemas solares de calefacción de agua deberán tener: A. Aislamiento externo con un valor R instalado de al menos R-3.5; o
B. Aislamiento interno y externo con un valor R combinado de al menos R-16; o
C. La pérdida de calor de la superficie del tanque basada en una diferencia de temperatura agua-aire de 80°F deberá ser menor a 6.5 Btu por hora por pie cuadrado. 4. Circuitos de recirculación de calefacción de agua que sirven a múltiples unidades de vivienda, residencias de gran altura, hoteles/moteles y ocupaciones no residenciales. Un circuito de recirculación de calefacción de agua es un tipo de sistema de distribución de agua caliente que reduce el tiempo necesario para entregar agua caliente a los accesorios que están alejados del calentador de agua, caldera u otro equipo de calefacción de agua. El circuito de recirculación está compuesto por una parte de suministro, conectada a ramales que sirven a múltiples unidades de vivienda, habitaciones de huéspedes o accesorios, y una parte de retorno que completa el circuito de regreso al equipo de calefacción de agua. Un circuito de recirculación de calefacción de agua deberá cumplir con los siguientes requisitos: A. Válvula de purga de aire o instalación de bomba vertical. Se deberá instalar una válvula automática de purga de aire en la tubería del circuito de recirculación en el lado de entrada de la bomba de recirculación y a no más de 4 pies de la bomba. Esta válvula deberá montarse en la parte superior de un elevador vertical de al menos 12 pulgadas de longitud y deberá ser accesible para su reemplazo y reparación. Alternativamente, la bomba deberá instalarse en una sección vertical de la línea de retorno. B. Prevención de reflujo en el circuito de recirculación. Se deberá colocar una válvula de retención o dispositivo similar entre la bomba de recirculación y el equipo de calefacción de agua para evitar que el agua fluya en sentido contrario a través del circuito de recirculación. C. Equipo para cebado de la bomba. Se deberá instalar un grifo de manguera entre la bomba y el equipo de calefacción de agua. Se deberá instalar una válvula de aislamiento entre el grifo de manguera y el equipo de calefacción de agua. Este grifo de manguera se utiliza para purgar aire de la bomba después de su reemplazo. D. Válvulas de aislamiento de la bomba. Se deberán instalar válvulas de aislamiento en ambos lados de la bomba. Estas válvulas pueden formar parte de la brida que une la bomba con la tubería. Una de las válvulas de aislamiento puede ser la misma válvula de aislamiento mencionada en el punto C. E. Conexión de suministro de agua fría y circuito de recirculación al tanque de almacenamiento de agua caliente. Los calentadores de agua de almacenamiento y las calderas deberán estar plomados conforme a las especificaciones del fabricante. La tubería de agua fría y la tubería del circuito de recirculación no deberán conectarse al puerto de drenaje del tanque de almacenamiento de agua caliente. F. Prevención de reflujo en el suministro de agua fría. Se deberá instalar una válvula de retención en la línea de suministro de agua fría entre el sistema de agua caliente y la siguiente derivación en la línea de suministro de agua fría. El sistema deberá cumplir con los requisitos para tanques de expansión descritos en la Sección 608.3 del California Plumbing Code.
52 CÓDIGO DE ENERGÍA DE CALIFORNIA 2025
el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.
TODAS LAS OCUPACIONES—REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA LA FABRICACIÓN, CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMAS, EQUIPOS Y COMPONENTES DE EDIFICIOS
- Calentadores de agua de servicio en edificios estatales. Cualquier edificio nuevo construido por el Estado deberá obtener su calefacción de agua de servicio de un sistema que proporcione al menos el 60 por ciento de la energía necesaria para la calefacción de agua de servicio a partir de energía solar en sitio o energía recuperada, conforme al requisito legal del California Public Resources Code Sección 25498.
Excepción a la Sección 110.3(c)5: Edificios para los cuales el arquitecto estatal determine que la calefacción de agua de servicio a partir de energía solar en sitio o energía recuperada es económicamente o físicamente inviable. 6. Válvulas de aislamiento. Los calentadores de agua instantáneos con una capacidad nominal de entrada mayor a 6.8 kBTU/hr (2 kW) deberán tener válvulas de aislamiento tanto en la línea de suministro de agua fría como en la tubería de agua caliente que sale del calentador, y grifos para manguera u otros accesorios en cada válvula para purgar el calentador cuando las válvulas estén cerradas. 7. Calentadores de agua con bomba de calor de fuente aérea (HPWH). Los HPWH deberán cumplir con los siguientes requisitos: A. Calefacción de respaldo. Se requiere calefacción de respaldo para sistemas donde el aire de entrada no esté acondicionado, a menos que la temperatura de corte del compresor sea inferior a la Mediana de Invierno de Calefacción para el lugar más cercano listado en la Tabla 2-3 del Apéndice Conjunto de Referencia JA2. La calefacción de respaldo puede ser interna o externa al HPWH. B. Ventilación. Los HPWH integrados para consumidores deberán cumplir con uno de los requisitos de ventilación que se indican a continuación. Los requisitos mínimos de volumen y tamaño de abertura serán la suma de todos los HPWH instalados en el mismo espacio. La capacidad del compresor se determinará usando las condiciones de referencia de la Tabla 4 del AHRI 540 para refrigeración con el punto de prueba de clasificación “Alta”: i. Instalados usando un método proporcionado por el fabricante para cumplir o superar el nivel de desempeño proporcionado por los requisitos de ventilación de la Sección 110.3(c)7B2 hasta la Sección 110.3(c)7B4. ii. Para instalación de HPWH sin ductos, el espacio de instalación deberá tener un volumen no menor al mayor entre 100 pies cúbicos por kBtu por hora de capacidad del compresor, o el volumen mínimo proporcionado por el fabricante para este método; o
iii. Para instalación de HPWH sin ductos, el espacio de instalación deberá ventilarse a un espacio comunicante mediante aberturas permanentes, según los siguientes requisitos: a. El espacio comunicante deberá cumplir con el volumen mínimo de la Sección 110.3(c)7B2 arriba, menos el volumen del espacio de instalación del HPWH; y b. Las aberturas permanentes deberán consistir en una sola capa de persianas fijas de láminas planas o rejillas, con un Área Libre Neta (ALN) mínima total igual al mayor entre 125 pulgadas cuadradas más 25 pulgadas cuadradas por kBtu por hora de capacidad del compresor, o el mínimo proporcionado por el fabricante para este método. Las aberturas permanentes deberán ser puertas completamente persianadas o dos aberturas de igual área, una en la mitad superior del recinto y otra en la mitad inferior del recinto. La parte superior de la abertura superior debe estar a 12 pulgadas o menos del tope del recinto y la parte inferior de la abertura inferior debe estar a 12 pulgadas o menos del fondo del recinto; o iv. Para instalaciones de HPWH con ductos, se deberán cumplir los siguientes requisitos: a. El espacio conectado al espacio de instalación mediante ductos deberá cumplir con el volumen mínimo de la Sección 110.3(c)7B2 arriba, menos el volumen del espacio de instalación del HPWH; y b. Todas las conexiones de ductos y penetraciones en el edificio deberán estar selladas; y c. Los ductos de aire de escape y todos los ductos que crucen límites de presión deberán estar aislados con un mínimo de R-6; y
d. Cuando solo la entrada o la salida del HPWH esté ductada, el espacio de instalación deberá incluir aberturas permanentes que consistan en una sola capa de persianas fijas de láminas planas o rejillas en la mitad inferior de la habitación, y/o un corte en la puerta. Con una entrada ductada, el ALN mínimo deberá ser igual al área transversal del ducto. Con una salida ductada, el ALN mínimo deberá ser el mayor entre 20 pulgadas cuadradas o el ALN mínimo proporcionado por el fabricante para este método; y e. Cuando los ductos de entrada y salida terminen ambos dentro del mismo límite de presión, el flujo de aire desde los puntos de terminación deberá desviarse uno del otro. Nota: Ductar solo la entrada o la salida a través del límite de presión podría interferir con sistemas de ventilación balanceada. Esto debe considerarse al especificar la ubicación y método de ventilación del HPWH.
Nota: Autoridad: Secciones 25213, 25218, 25218.5, 25402 y 25402.1, Public Resources Code. Referencia: Secciones 25007, 25008, 25218.5, 25310, 25402, 25402.1, 25402.4, 25402.8 y 25943, Public Resources Code.