Capítulo 19A — CONCRETO

Sección 1909A — MODIFICACIONES A ACI 318

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

1909A.1 General.

1909A.1 General. El texto de ACI 318 se modificará según lo indicado en las Secciones 1909A.1.1 a 1909A.1.16.

1909A.1.1 ACI 318, Sección 4.12.2.2. Modificar ACI 318, Sección 4.12.2.2 agregando lo siguiente:

Cuando los elementos de concreto pretensado estén restringidos de movimiento, se deberá realizar un análisis de las tensiones en los elementos pretensados y de las cargas en el sistema estructural adyacente inducidas por los efectos descritos anteriormente, conforme al PCI Design Handbook.

1909A.1.2 ACI 318, Sección 4.12.2.3. Modificar ACI 318, Sección 4.12.2.3 agregando lo siguiente:

Para miembros de concreto pretensado con extremos empotrados o rebajados, se deberá realizar un análisis de las conexiones conforme a los procedimientos indicados en el PCI Design Handbook.

1909A.1.3 ACI 318, Sección 9.6.1.3. Modificar ACI 318, Sección 9.6.1.3 agregando lo siguiente:

Esta sección no se utilizará para miembros que resistan cargas sísmicas, excepto en cualquiera de las siguientes condiciones: 1. Miembros de cimentación para edificios de un solo piso con estructura de madera o acero ligero. 2. Miembros de cimentación diseñados para combinaciones de carga sísmica que incluyan el factor de sobreresistencia. [OSHPD 1 & 4] El área de acero A_s proporcionada no será menor que la requerida por 1.2 veces la carga de fisuración basada en f r definida en la Sección 19.2.3.

1909A.1.4 ACI 318, Sección 11.2.4.1. Reemplazar ACI 318, Sección 11.2.4.1 como sigue:

11.2.4.1 – Los muros deberán estar anclados a elementos intersectantes tales como pisos o techos; o a columnas, pilastras, contrafuertes, muros intersectantes y cimentaciones con refuerzo al menos equivalente a barras No. 4 a 12 pulgadas (305 mm) en el centro para cada capa de refuerzo.

1909A.1.5 ACI 318, Sección 11.7. Agregar la Sección 11.7.6 a ACI 318.1 como sigue:

11.7.6 – Refuerzo. Los perímetros de muros prefabricados deberán reforzarse de manera continua con un mínimo de una barra No. 5 que se extienda a lo largo de toda la altura y ancho del panel de muro. Cuando los paneles de muro no se conecten a columnas u otros paneles de muro para desarrollar al menos el 75 por ciento del acero horizontal del muro como se indica a continuación, las barras verticales perimetrales deberán retenerse mediante barras de muro con gancho.

Se deberá proporcionar un estribo o viga de amarre continua en la línea del techo, ya sea como parte de la estructura del techo o como parte de los paneles de muro, según se describe en el párrafo siguiente. Este estribo podrá diseñarse como el elemento de borde del diafragma del techo pero, en cualquier caso, no será menor que el equivalente a dos barras No. 6 continuas. También se deberá proporcionar un estribo continuo equivalente a un mínimo de dos barras No. 5, ya sea en la cimentación o con una sección ampliada de la losa de piso.

Los paneles de muro de edificios con muros de cortante deberán conectarse a columnas o entre sí de manera que desarrollen al menos el 75 por ciento del acero horizontal del muro. No más de la mitad de este refuerzo horizontal continuo deberá concentrarse en vigas de amarre o estribos en la parte superior e inferior de los muros y en puntos de soporte lateral intermedio. Si es posible, se deberán usar juntas coladas en obra con barras de refuerzo que se extiendan desde los paneles hacia la junta una distancia suficiente para cumplir con los requisitos de empalme de la Sección 25.5.2, para Clase A. Los detalles de barras de refuerzo o de amarre soldado no deberán espaciarse a más de ocho veces el espesor del muro verticalmente

19A-6 2025 CALIFORNIA BUILDING CODE

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTO.

CONCRETO

ni menos de cuatro barras usadas en la altura del panel de muro. Cuando los paneles de muro estén diseñados para sus respectivas fuerzas de vuelco, las conexiones de los paneles no necesitarán cumplir con los requisitos de este párrafo.

Excepción: Los paneles no estructurales, sin función portante ni de cortante, tales como paneles arquitectónicos no estructurales o cubiertas de columnas, no están obligados a cumplir con las disposiciones de esta sección.

1909A.1.6 ACI 318, Sección 11.9. Modificar ACI 318 agregando la Sección 11.9 como sigue:

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