Capítulo 36 — MARINAS

Sección 3604 — EQUIPO DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

**3604.1 General.** Los muelles, marinas y embarcaderos con instalaciones para amarrar…

3604.2 Bocas de incendio.

3604.2 Bocas de incendio. Las marinas y astilleros deberán estar equipados en toda su extensión con sistemas de bocas de incendio conforme a NFPA 303.
Los sistemas deberán contar con conexiones para mangueras ubicadas de manera que ningún punto en el muelle o sistema de flotadores de la marina se encuentre a más de 150 pies (15 240 mm) de una conexión para manguera de boca de incendio.

3604.2.1 Identificación de salidas de bocas de incendio. Las ubicaciones de las conexiones para mangueras de bocas de incendio deberán estar claramente identificadas mediante una bandera u otro medio aprobado diseñado para ser fácilmente visible desde el muelle que da acceso al sistema de flotadores.

3604.3 Acceso y suministro de agua.

3604.3 Acceso y suministro de agua. Los muelles y embarcaderos deberán contar con vías de acceso para vehículos de bomberos y sistemas de suministro de agua con hidrantes contra incendios en el sitio cuando así lo requiera el funcionario del código de incendios. Dichas vías y sistemas de agua deberán ser provistos y mantenidos de conformidad con las Secciones 503 y 507.

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTO.

MARINAS

**3604.4 Extintores portátiles.** Se deberá proporcionar un extintor portátil de tipo…

**3604.5 Comunicaciones.** Se deberá proporcionar en el sitio un teléfono que no…

3604.6 Áreas de preparación para operaciones de emergencia.

3604.6 Áreas de preparación para operaciones de emergencia. Se deberá proporcionar espacio en todos los sistemas flotantes para la preparación del equipo de emergencia.
Las áreas de preparación para operaciones de emergencia deberán proporcionar un área libre mínima de 4 pies de ancho por 10 pies de largo (1219 mm por 3048 mm), excluyendo las pasarelas, y deberán ubicarse en cada conexión de manguera de columna seca. Las áreas de preparación para operaciones de emergencia deberán contar con un bordillo o barrera con una altura mínima de 4 pulgadas (102 mm) y un espacio máximo entre el borde inferior y la superficie del área de preparación de 2 pulgadas (51 mm) en los lados exteriores del área de preparación.

Se deberá colocar un letrero aprobado que diga “FIRE EQUIPMENT STAGING AREA—KEEP CLEAR” en cada área de preparación.

GoCodebook ofrece acceso público, búsqueda, citas, explicación multilingüe e interpretación práctica de normas de construcción legalmente adoptadas. No sustituye a las publicaciones oficiales del ICC ni de los códigos de California.