Capítulo 32 — INVASIONES AL DERECHO DE VÍA PÚBLICO
Sección 3202 — INVASIONES
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
**3202.1 Invasiones bajo nivel.** Las invasiones bajo nivel deberán cumplir con las… ¶
3202.1.1 Soporte estructural. Una parte de un edificio construida bajo nivel que sea necesaria para el soporte estructural del edificio o estructura no deberá proyectarse más allá de las líneas del lote, excepto que las zapatas de muros de calle o sus soportes que se encuentren a no menos de 8 pies (2438 mm) bajo nivel no deberán proyectarse más de 12 pulgadas (305 mm) más allá de la línea del lote de la calle.
3202.1.2 Bóvedas y otros espacios cerrados. La construcción y utilización de bóvedas y otros espacios cerrados bajo nivel estarán sujetas a los términos y condiciones de la autoridad competente aplicable.
3202.1.3 Pozos de luz. Los pozos de luz deberán estar protegidos por rejas, barandales u otros medios aprobados.
**3202.2 Invasiones por encima del nivel del suelo y por debajo de 8 pies de altura.**… ¶
3202.2.1 Escaleras. Las escaleras no deberán proyectarse más de 12 pulgadas (305 mm) y deberán estar protegidas por dispositivos aprobados de no menos de 3 pies (914 mm) de altura, o deberán estar ubicadas entre columnas o pilastras.
3202.2.2 Elementos arquitectónicos. Las columnas o pilastras, incluyendo bases y molduras, no deberán proyectarse más de 12 pulgadas (305 mm). Las cornisas, dinteles, alféizares, arquitrabes, frontones y elementos arquitectónicos similares no deberán proyectarse más de 4 pulgadas (102 mm).
3202.2.3 Toldos. La altura libre vertical desde el derecho de paso público hasta la parte más baja de cualquier toldo, incluyendo faldones, no deberá ser menor de 7 pies (2134 mm).
**3202.3 Invasiones a 8 pies o más sobre el nivel del suelo.** Las invasiones a 8 pies… ¶
3202.3.1 Toldos, marquesinas, marquesinas cubiertas y letreros. Los toldos, marquesinas, marquesinas cubiertas y letreros deberán construirse para soportar las cargas aplicables según lo especificado en el Capítulo 16. Los toldos, marquesinas, marquesinas cubiertas y letreros con menos de 15 pies (4572 mm) de altura libre sobre la acera no deberán extenderse ni ocupar más de dos tercios del ancho de la acera medido desde el edificio. Los puntales o columnas que soporten toldos, marquesinas, marquesinas cubiertas y letreros deberán ubicarse a no menos de 2 pies (610 mm) desde la línea de la acera.
3202.3.2 Ventanas, balcones, elementos arquitectónicos y equipos mecánicos. Cuando la altura vertical sobre el nivel del suelo hasta ventanas salientes, balcones, elementos arquitectónicos o equipos mecánicos sea mayor a 8 pies (2438 mm), se permite una invasión de 1 pulgada (25 mm) por cada pulgada (25 mm) adicional de altura sobre los 8 pies (2438 mm), pero la invasión máxima será de 4 pies (1219 mm).
3202.3.3 Invasiones a 15 pies o más sobre el nivel del suelo. Las invasiones a 15 pies (4572 mm) o más sobre el nivel del suelo no estarán limitadas.
3202.3.4 Pasarelas peatonales. La instalación de una pasarela peatonal sobre un derecho de paso público estará sujeta a la aprobación de la autoridad gubernamental aplicable. La altura vertical desde el derecho de paso público hasta la parte más baja de una pasarela peatonal no deberá ser menor a 15 pies (4572 mm).
6. 3202.4 Invasiones temporales. Cuando lo permita la autoridad competente aplicable,… ¶
3202.4 Invasiones temporales. Cuando lo permita la autoridad competente aplicable, los vestíbulos y cerramientos contra tormentas no deberán erigirse por un período que exceda los 7 meses en cualquier año y no deberán invadir más de 3 pies (914 mm) ni más de una cuarta parte del ancho de la acera más allá de la línea de lote de la calle. Los toldos de entrada temporales deberán erigirse con una altura libre no menor a 7 pies (2134 mm) hasta la parte más baja de la capucha o toldo cuando estén soportados sobre un soporte removible de acero u otro soporte no combustible aprobado.
el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) EN VIRTUD DE ELLO.
32-4 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025
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CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA – TABLA MATRIZ DE ADOPCIÓN
CAPÍTULO 33 – MEDIDAS DE SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCIÓN
(Las Tablas Matriz de Adopción no son regulatorias, están destinadas únicamente como ayuda para el usuario del código. Consulte el Capítulo 1 para la autoridad de las agencias estatales y las aplicaciones de construcción.)
| Agencia adoptante | BSC | BSC- CG |
SFM | HCD | Col6 | Col7 | DSA | Col9 | Col10 | OSHPD | Col12 | Col13 | Col14 | Col15 | Col16 | Col17 | BSCC | DPH | AGR | DWR | CEC | CA | SL | SLC |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Agencia adoptante | BSC | BSC- CG |
SFM | 1 | 2 | 1/AC | AC | SS | SS/CC | 1 | 1R | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 6 | 6 | 6 | 6 | 6 | 6 | 6 | 6 |
| Adoptar capítulo completo | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | X | |||||||||||||
| Adoptar capítulo completo como enmendado (secciones enmendadas listadas abajo) |
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| Adoptar solo las secciones listadas abajo |
X | X | X | |||||||||||||||||||||
| Capítulo / Sección | ||||||||||||||||||||||||
| 3301 | X | X | ||||||||||||||||||||||
| 3302 | X | X | ||||||||||||||||||||||
| 3303 | X | X | ||||||||||||||||||||||
| 3304 | X | X | ||||||||||||||||||||||
| 3304.1.5 | X | |||||||||||||||||||||||
| 3305 | X | X | ||||||||||||||||||||||
| 3306 | X | X | ||||||||||||||||||||||
| 3306.2 | X | X | X | |||||||||||||||||||||
| 3307 | X | X | ||||||||||||||||||||||
| 3307.1,Nota | X | X | ||||||||||||||||||||||
| 3308 | X | X |
La agencia estatal no adopta las secciones identificadas con el siguiente símbolo: La adopción de este capítulo o secciones individuales por parte de la Oficina del Jefe Estatal de Bomberos (Office of the State Fire Marshal) es aplicable a estructuras reguladas por otras agencias estatales conforme a la Sección 1.11.
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33-2 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025
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