Capítulo 54 — MATERIALES CORROSIVOS
Sección 5404 — ALMACENAMIENTO
2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
5404.1 Almacenamiento interior. ¶
5404.1 Almacenamiento en interiores. El almacenamiento en interiores de materiales corrosivos en cantidades que excedan la cantidad máxima permitida por área de control indicada en la Tabla 5003.1.1(2), deberá cumplir con las Secciones 5001, 5003 y 5004 y este capítulo.
5404.1.1 Piso hermético. Además de las disposiciones de la Sección 5004.12, los pisos en áreas de almacenamiento para líquidos corrosivos deberán ser de construcción hermética.
5404.2 Almacenamiento exterior. ¶
5404.2 Almacenamiento exterior. El almacenamiento exterior de materiales corrosivos en cantidades que excedan la cantidad máxima permitida por área de control indicada en la Tabla 5003.1.1(4) deberá cumplir con las Secciones 5001, 5003 y 5004 y este capítulo.
5404.2.1 Tanques de almacenamiento exteriores sobre el suelo. Cuando lo requiera la Sección 5004.2.2, los tanques de almacenamiento exteriores sobre el suelo que excedan una cantidad agregada de 1,000 galones (3785 L) de líquidos corrosivos deberán contar con contención secundaria conforme a la Sección 5004.2.2.
5404.2.2 Distancia del almacenamiento a exposiciones. El almacenamiento exterior de materiales corrosivos no deberá estar a menos de 20 pies (6096 mm) de edificios no asociados con la fabricación o distribución de dichos materiales, líneas de lote, calles públicas, callejones públicos, vías públicas o medios de evacuación. Se permite en lugar de dicha distancia una barrera contra incendios de 2 horas sin aberturas ni penetraciones, que se extienda no menos de 30 pulgadas (762 mm) por encima y a los lados del área de almacenamiento. La pared deberá ser una estructura independiente o la pared exterior del edificio adyacente al área de almacenamiento.