Capítulo 8 — ALTERACIONES—NIVEL 2

Sección 806 — ELÉCTRICO

2025 California Existing Building Code (Title 24, Part 10) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

**806.1 Instalaciones nuevas.** El equipo eléctrico y el cableado recién instalados…

**806.2 Instalaciones existentes.** El cableado existente en todas las áreas de trabajo…

806.3 Reservado.

806.3 Reservado.

**806.4 Ocupaciones residenciales.** En las ocupaciones y edificios del Grupo R-2, R-3…

806.4.1 Áreas cerradas. Las áreas cerradas, excepto closets, cocinas, sótanos, garajes, pasillos, áreas de lavandería, áreas de servicios, áreas de almacenamiento y baños, deberán contar con no menos de dos tomacorrientes dúplex o un tomacorriente dúplex y una luminaria de techo o de pared.

806.4.2 Cocinas. Las áreas de cocina deberán contar con no menos de dos tomacorrientes dúplex.

806.4.3 Áreas de lavandería. Las áreas de lavandería deberán contar con no menos de un tomacorriente dúplex ubicado cerca del equipo de lavandería y conectado a un circuito independiente.

806.4.4 Interruptor de circuito por falla a tierra. Los tomacorrientes recién instalados deberán contar con interruptor de circuito por falla a tierra según lo requerido por el Código Eléctrico de California.

806.4.5 Luminarias mínimas. Se deberá proporcionar no menos de una luminaria en cada baño, pasillo, escalera, garaje adjunto y garaje separado con energía eléctrica, y para iluminar las entradas y salidas exteriores.

806.4.6 Cuartos de servicio y sótanos. Se deberá proporcionar no menos de una luminaria en cuartos de servicio y sótanos donde estos espacios se usen para almacenamiento o contengan equipo que requiera servicio.

806.4.7 Espacio libre para equipo. Se deberá proporcionar espacio libre para el equipo de servicio eléctrico conforme al Código Eléctrico de California.

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