Capítulo 4 — REQUISITOS PARA ÁREAS DE INTERFAZ URBANO-FORESTAL

Sección 402 — APLICABILIDAD

2025 California Wildland-Urban Interface Code (Title 24, Part 7.5) · edición 2025 · actualizado 2026-07-06 · California

**402.1 Subdivisiones.** Las subdivisiones deberán cumplir con las Secciones 402.1.1 y…

402.1.1 Acceso. Las nuevas subdivisiones, según lo determine esta jurisdicción, deberán contar con vías de acceso para vehículos de emergencia contra incendios conforme al California Fire Code; California Code of Regulations, Title 14, Division 1.5, Chapter 7, Subchapter 2, Article 2; y los requisitos de acceso conforme a la Sección 403.

402.1.2 Suministro de agua. Las nuevas subdivisiones, según lo determine esta jurisdicción, deberán contar con suministro de agua conforme a la Sección 507 del California Fire Code; California Code of Regulations, Title 14, Division 1.5, Chapter 7, Subchapter 2, Article 4; y la Sección 404.

402.1.2.1 Aprobación del plano parcelario. Los requisitos de suministro de agua se aplicarán en el proceso de planos tentativos y parcelarios cuando se aprueben nuevas parcelas por la jurisdicción local.

**402.2 Estructuras individuales.** Las estructuras individuales deberán cumplir con…

402.2.1 Acceso. Las estructuras individuales que se construyan o reubiquen en áreas de interfaz urbano-forestal deberán contar con acceso para vehículos de emergencia contra incendios conforme al California Fire Code; el Código de Regulaciones de California, Título 14, División 1.5, Capítulo 7, Subcapítulo 2, Subsección 1273; y la Sección 403.

402.2.2 Suministro de agua. Las estructuras individuales que se construyan o reubiquen en áreas de interfaz urbano-forestal deberán contar con un suministro de agua conforme al Código de Regulaciones de California, Título 14, División 1.5, Capítulo 7, Subcapítulo 2, Artículo 4; California Fire Code Sección 507; y la Sección 404.

**402.3 Condiciones existentes.** Los edificios existentes deberán contar con…

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