Capítulo 9 — ALTERACIONES—NIVEL 3
Sección 906 — ESTRUCTURAL
2025 California Existing Building Code (Title 24, Part 10) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
[BS] 906.1 General. Cuando los edificios estén sometidos a alteraciones de Nivel 3, se aplicarán las disposiciones de esta sección.
[BS] 906.2 Elementos estructurales existentes que resisten cargas laterales. Cuando el trabajo implique una alteración estructural sustancial, el sistema de resistencia a cargas laterales del edificio alterado deberá demostrar que cumple con los requisitos de la Sección 1609 del California Building Code y la Sección 304.3.2 de este código. Cuando el edificio esté asignado a la Categoría de Diseño Sísmico D o F, los soportes y fijaciones para componentes no estructurales requeridos para servir a cualquier parte del edificio con un uso incluido en la Categoría de Riesgo IV deberán cumplir con la Sección 1613 del California Building Code o deberán cumplir con ASCE 41 utilizando un objetivo de desempeño no estructural de Retención de Posición con el nivel de peligro sísmico BSE-1E.
Excepciones:
- Edificios de ocupación Grupo R con no más de cinco unidades de vivienda o de alojamiento utilizadas únicamente para fines residenciales que se alteren basándose en los métodos convencionales de construcción ligera de armazón del California Building Code o en cumplimiento con las disposiciones del California Residential Code.
- Cuando la alteración prevista involucre únicamente el piso más bajo de un edificio, los componentes estructurales del sistema de resistencia a cargas laterales por encima de ese piso no necesitarán cumplir con esta sección.
[BS] 906.3 Categoría de Diseño Sísmico F. Cuando el edificio esté asignado a la Categoría de Diseño Sísmico F, el sistema de resistencia a fuerzas laterales del edificio alterado deberá cumplir con los requisitos de la Sección 1609 del California Building Code y la Sección 304.3.2 de este código. Los soportes y fijaciones para componentes no estructurales que sirvan a cualquier parte del edificio con un uso incluido en la Categoría de Riesgo IV deberán cumplir con la Sección 1613 del California Building Code o deberán cumplir con ASCE 41 utilizando un objetivo de desempeño no estructural de Retención de Posición con el nivel de peligro sísmico BSE-1E.
[BS] 906.4 Anclaje para edificios de concreto y mampostería. Para cualquier edificio asignado a la Categoría de Diseño Sísmico D, E o F con un sistema estructural que incluya muros de concreto o mampostería reforzada con un diafragma de techo flexible, la alteración deberá cumplir con la Sección 304.3.2 mediante evaluación de la condición existente o mediante la instalación de anclajes en los muros en la línea del techo de todos los edificios sujetos y en las líneas de piso de mampostería no reforzada.
[BS] 906.5 Anclaje para muros de mampostería no reforzada. Para cualquier edificio asignado a la Categoría de Diseño Sísmico C, D, E o F con un sistema estructural que incluya muros de carga de mampostería no reforzada, la alteración deberá cumplir con la Sección 304.3.2 mediante evaluación de la condición existente o mediante la instalación de anclajes en los muros en la línea del techo.
[BS] 906.6 Refuerzo para parapetos de mampostería no reforzada. Los parapetos construidos de mampostería no reforzada en edificios asignados a la Categoría de Diseño Sísmico C, D, E o F deberán cumplir con la Sección 304.3.2 mediante evaluación de la condición existente o mediante la instalación de refuerzos para parapetos.
[BS] 906.7 Anclaje de tabiques de mampostería no reforzada. Cuando el edificio esté asignado a la Categoría de Diseño Sísmico C, D, E o F, los tabiques de mampostería no reforzada y muros no estructurales dentro del área de trabajo y adyacentes a los caminos de evacuación desde el área de trabajo deberán tener evaluadas sus condiciones existentes o deberán ser anclados, removidos o alterados para resistir fuerzas sísmicas fuera del plano y cumplir con la Sección 304.3.2.