Part IV. Items of General Interest
Internal Revenue Bulletin 2001-50 · 2026-10-03 edition · updated 2026-10-04 · United States
Additional Notice Explaining the Saver’s Tax Credit for Contributions by Individuals to Employer Retirement Plans and IRAs
Announcement 2001–120
This announcement provides a notice in Spanish that employers can use to inform Spanish-speaking employees of the new saver’s credit available to eligible employees beginning next year. Previously, in Announcement 2001–106 (2001–44 I.R.B. 416) the Internal Revenue Service published a series of questions and answers concerning the saver’s credit. That announcement also provided a notice to employees in English.
Employers are encouraged to tell their employees about the credit. Employers can inform employees in any way they choose, including use of the notice set out below.
Notificación para los empleados sobre el Crédito de Ahorro
En esta notificación se le explica cómo podría usted pagar menos impuestos contribuyendo a [insert name of employer’s plan/inserte el nombre del plan proporcionado por el empleador - patrono] (en adelante denominado el “Plan”) - a un plan de ahorro para la jubilación (en adelante denominado “IRA”).
A partir del 2002, si usted hace contribuciones al Plan - a una cuenta IRA, podrá reclamar un crédito tributario llamado “crédito de ahorro”. Este crédito podría reducir el impuesto federal sobre el ingreso que usted paga dólar por dólar. La cuantía del crédito que usted puede obtener se basará en las contribuciones que haga y en su tasa de crédito correspondiente. Esta tasa puede variar desde un mínimo del 10% hasta un máximo del 50%, dependiendo de su ingreso bruto ajustado, - sea, que cuanto más bajo sea su ingreso tanto más alta será su tasa de crédito. La tasa de crédito depende también de su estado civil para efectos de la
declaración. Véase la tabla que aparece al final de esta notificación para calcular su tasa de crédito.
La contribución máxima que se puede hacer para el crédito para un individuo es de $2,000. Si usted es casado que presenta una declaración conjunta, la contribución máxima que usted y su cónyuge pueden hacer para el crédito es de $2,000 cada uno.
Usted puede obtener este crédito si reúne los requisitos siguientes:
Ha cumplido los 18 años de edad.
No es un estudiante a tiempo completo.
No es reclamado como dependiente en la declaración de otro.
Tiene un ingreso bruto ajustado (indicado en su declaración de impuesto para el año del crédito) que no excede de:
Ejemplo: Susana y Juan están casados y presentan una declaración conjunta del impuesto federal sobre el ingreso. Para el 2002, su ingreso bruto ajustado habría sido $34,000 si no hubieran hecho ninguna contribución para su jubilación. En el año 2002, Susana decidió hacer una contribución de $2,000 a su plan 401(k). Juan hizo una contribución deducible de $2,000 a una cuenta IRA para el año 2002. Debido a estas contribuciones su ingreso bruto ajustado para el 2002 será de $30,000. Si su impuesto federal sobre el ingreso hubiera sido $3,000 (después de aplicar cualquier otro crédito al que tuvieran derecho) sin haber hecho ninguna contribución para la jubilación, entonces su impuesto federal sobre el ingreso como resultado de haber hecho contribuciones a la jubilación por un total de $4,000 sería solamente de $400 después de aplicar el crédito de ahorro y otros beneficios tributarios aplicables a las contribuciones para la jubilación. Por lo tanto, al poner $4,000 para su jubi
$50,000, si es casado que presenta una declaración conjunta;
$37,500 si es cabeza de familia con una persona calificada; $25,000 si es soltero - casado que presenta una declaración separada.
lación, Susana y Juan han reducido también su impuesto en $2,600.
De la contribución anual que puede hacerse para el crédito habrá que deducir cualquier distribución tributable de un plan de jubilación - de una cuenta IRA que usted - su cónyuge reciba durante el año en que usted reclame el crédito, durante los 2 años precedentes - durante el período después de finalizar el año para el que usted reclame el crédito o antes del plazo establecido para presentar su declaración para ese año. Una distribución de una cuenta IRA Roth que no sea una reinversión se tendrá en cuenta para esta deducción, aunque la distribución no sea tributable. Después de estas deducciones, la contribución anual máxima que puede hacerse para el crédito por persona es de $2,000.
Ejemplo: El ingreso bruto ajustado de Marco para el 2002 es lo suficientemente bajo como para poder reclamar el crédito ese año y él difiere $3,000 de su paga para su plan 401(k) en el 2002. En el año 2001, Marco hizo un retiro por dificultades excepcionales de $400 de su plan patronal y en el 2002 hace un retiro de $800 de su cuenta IRA. El crédito de ahorro para el 2002 de Marco se basará en las contribuciones de $1,800 ($3,000 – $400 - $800).
La cantidad de su crédito de ahorro no cambiará la cantidad de sus créditos tributarios reembolsables. Un crédito tributario reembolsable, como el crédito por ingreso del trabajo - la cantidad reembolsable de su crédito tributario por hijos, es una cantidad que usted recibiría como un reembolso, aún en el caso de que no debiera ningún impuesto.
La cantidad de su crédito de ahorro en cualquier año no puede exceder de la cantidad del impuesto que de otro modo usted tendría que pagar (sin incluir cualquier otro crédito reembolsable - el crédito por gastos de adopción) en cualquier año. Si su impuesto debido se reduce a cero debido a otros créditos reembolsables, tales como el Crédito Hope, entonces usted no tendrá derecho al crédito de ahorro.
December 10, 2001 583 2001–50 I.R.B.
TASAS DE CRÉDITO
Si su estado civil para efectos de la declaración es “casado que presenta una declaración conjunta” y su ingreso bruto ajustado es: Su tasa de crédito será: $0–$30,000 50% de la contribución $30,001–$32,500 20% de la contribución $32,501–$50,000 10% de la contribución Más de $50,000 Crédito no disponible
Si su estado civil para efectos de la declaración es “cabeza de familia” y su ingreso bruto ajustado es: Su tasa de crédito será: $0–$22,500 50% de la contribución $22,501–$24,375 20% de la contribución $24,376–$37,500 10% de la contribución Más de $37,500 Crédito no disponible
Si su estado civil para efectos de la declaración es “soltero”, “casado que presenta una declaración separada”
- “viudo(a) calificado(a) y su ingreso bruto ajustado es: Su tasa de crédito será: $0–$15,000 50% de la contribución $15,001–$16,250 20% de la contribución $16,251–$25,000 10% de la contribución Más de $25,000 Crédito no disponible
Withdrawal of Proposed Regulations Relating to Certain Corporate Reorganizations Involving Disregarded Entities
Announcement 2001–121
AGENCY: Internal Revenue Service (IRS), Treasury.
ACTION: Withdrawal of notice of proposed rulemaking.
SUMMARY: This document withdraws a notice of proposed rulemaking (REG– 106186–98, 2000–23 I.R.B. 1226) relating to certain corporate reorganizations involving disregarded entities. The proposed regulations were published in the Federal Register on May 16, 2000. After consideration of the comments received, the IRS and Treasury have decided to
withdraw the proposed regulations and issue new proposed regulations.
DATES: These proposed regulations are withdrawn November 15, 2001.
FOR FURTHER INFORMATION CONTACT: Reginald Mombrun (202) 622– 7750 (not a toll-free call).
SUPPLEMENTARY INFORMATION:
Background
On May 16, 2000, the IRS issued proposed regulations relating to certain corporate reorganizations involving disregarded entities (65 FR 31115). After consideration of comments received on the proposed regulations, the IRS and Treasury have decided to issue new proposed regulations on this matter. Accordingly, the proposed regulations published on May 16, 2000, are withdrawn.
Drafting Information
The principal author of this withdrawal announcement is Reginald Mombrun of the Office of the Associate Chief Counsel (Corporate).
- - - -
Withdrawal of Notices of Proposed Rulemaking
Accordingly, under the authority of 26 U.S.C. 7805, the notice of proposed rulemaking published in the Federal Regis- ter on May 16, 2000 (65 FR 31115), is hereby withdrawn.
Robert E. Wenzel, Deputy Commissioner of
Internal Revenue.
(Filed by the Office of the Federal Register on November 14, 2001, 8:45 a.m., and published in the issue of the Federal Register for November 15, 2001, 66 F.R. 57400)
2001–50 I.R.B 584 December 10, 2001
Get a plain-English answer with a citation back to this text.
Ask AI about this code