State statute
GC-350 Letters of Conservatorship (Spanish)
California foreclosure, tax-defaulted, court-ordered and probate-sale law and official procedures — verbatim and citable.
- Edition
- 2026-09-26
- Last updated
- 2026-10-05
- Jurisdiction
- California
GC-350 Letters of Conservatorship Effective: July 1, 2015 español — españolGet form…¶
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GC-350 S PARTE SIN ABOGADO O ABOGADO (nombre, dirección y Núm. del Colegio de Abogados): Después de registrar, devolver a:
TELÉFONO: FAX (opcional): E-MAIL (opcional): ABOGADO DE (nombre):
CORTE SUPERIOR DE CALIFORNIA, CONDADO DE
DIRECCIÓN (NÚMERO Y CALLE):
DIRECCIÓN POSTAL:
CIUDAD Y CÓDIGO POSTAL:
NOMBRE DE SUCURSAL: SOLO PARA USO DEL REGISTRADOR TUTELA DE (Nombre): NÚMERO DE CASO: No entregue a la corte PUPILO CARTAS DE TUTELA DE UN ADULTO SOLO PARA USO DE LA CORTE * De la persona * Del patrimonio * Tutela limitada
- * (Nombre): es nombrado
- tutor * tutor limitado * de la persona * del patrimonio de (nombre): Solo para
- * (En el caso de una tutela del 31 de diciembre de 1980, la tutela de un adulto o de la persona de un menor casado) (Nombre): información fue nombrado tutor * de la persona * del patrimonio por orden de fecha (especifique): y ahora es el tutor * de la persona No entregue a la * del patrimonio de (nombre):3. * Se han otorgado otros poderes o se han impuesto las siguientes condiciones: corte a. * Autoridad exclusiva para dar el consentimiento y exigir al pupilo que reciba el tratamiento médico que el tutor, de buena fe y de acuerdo con asesoramiento médico, determine que es necesario, incluso si el pupilo se opone, sujeto a las limitaciones establecidas en la sección 2356 del Código Testamentario. (1) * Este tratamiento lo realizará un practicante religioso acreditado cuyos principios y prácticas piden confiar en la oración únicamente para la curación a los que el pupilo era un adherente antes de que se estableciera la tutela. (2) * (Si la orden de la corte limita la duración) Esta autoridad médica finaliza el (fecha): b. * Autoridad para colocar al pupilo en un centro de cuidados o de enfermería como se describe en la sección 2356.5(b) del Código Testamentario. c. * Autoridad para autorizar la administración de medicamentos adecuados para el cuidado y tratamiento de la demencia como se describe en la sección 2356.5(c) del Código Testamentario. d. * Los poderes que se deben ejercer de forma independiente conforme a la sección 2590 del Código Testamentario se especifican en el Adjunto 3d (especifique los poderes, las restricciones, condiciones y limitaciones). e. * Las condiciones relacionadas con el cuidado y la custodia de la propiedad conforme a la sección 2402 del Código Testamentario se especifican en el Adjunto 3e. f. * Las condiciones relacionadas con el cuidado, el tratamiento, la educación y el bienestar del pupilo, conforme a la sección 2358 del Código Testamentario se especifican en el Adjunto 3f. g. * (Solo para tutela limitada) Los poderes del tutor limitado de la persona, conforme a la sección 2351.5 del Código Testamentario, se especifican en el Adjunto 3g. h. * (Solo para tutela limitada) Los poderes del tutor limitado del patrimonio, conforme a la sección 1830(b) del Código Testamentario, se especifican en el Adjunto 3h. i. * Otros poderes otorgados o condiciones impuestas se especifican en el Adjunto 3i.
(SELLO) 4. * El tutor no está autorizado a tomar posesión del dinero ni de ninguna otra propiedad sin una orden específica de la corte. 5. Número de páginas adjuntas: TESTIGO, secretario de la corte, con el sello de la corte puesto. Fecha:
Secretario, por , Asistente Página 1 de 2
Este formulario puede registrarse como notificación del establecimiento de una tutela del patrimonio, según lo dispuesto en la sección 1875 del Código Testamentario. Form Adopted for Mandatory Judicial Council of California Use CARTAS DE TUTELA DE UN ADULTO Probate Code,2890–2893;§§ 1834, GC-350 S [Rev. July 1, 2015] (Tribunal testamentario—Tutelas de menores y adultos) Code of Civil Procedure, § 2015.6 www.courts.ca.gov
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GC-350 S TUTELA DE (Nombre): NÚMERO DE CASO: No entregue a la corte PUPILO
AVISO A LAS INSTITUCIONES Y ENTIDADES FINANCIERAS (Secciones 2890 a la 2893 del Código Testamentario) Cuando estas Cartas de tutela (Cartas) se le entregan a usted como empleado u otro representante de una institución o entidad financiera (como se describe a continuación) para que el tutor del patrimonio (1) tome posesión o control de un activo del pupilo indicado anteriormente, que esté en manos de su institución (que incluye el cambio de titularidad, el retiro de todo o parte del activo, o la transferencia de todo o parte del activo), o (2) abra o cambie el nombre de una cuenta o de una caja de seguridad en su entidad financiera para reflejar la tutela, debe llenar el formulario GC-050 del Consejo Judicial (para una institución) o el formulario GC- 051 (para una entidad financiera). Un funcionario autorizado por su institución o entidad financiera debe poner la fecha y firmar el formulario, y usted debe presentar el formulario completado en la corte. La presentación del formulario es sin cargo. Puede efectuar la entrega en persona del formulario o enviarlo por correo a la corte para que se presente en la dirección indicada en la página 1 de estas Cartas. El tutor debe entregarle una copia en blanco del formulario correspondiente junto con estas Cartas, pero es responsabilidad de su institución o de la entidad financiera completar el formulario correcto, hacer que un funcionario autorizado lo firme y presentar el formulario completado en la corte. Si no se entrega el formulario correcto con estas Cartas o no está disponible por cualquier otro motivo, se pueden obtener copias en blanco de los formularios en la corte. También se puede acceder a los formularios sin cargo desde el sitio web público del poder judicial. La dirección de Internet (URL) es www.courts.ca.gov/forms/. Seleccione el grupo de formularios Tribunal testamentario—Tutelas de menores y adultos y desplácese hasta el formulario GC-050 para una institución o el formulario GC-051 para una entidad financiera. Los formularios pueden imprimirse en blanco y completarse usando una máquina de escribir, o pueden completarse en línea e imprimirse listos para firmarlos y presentarlos. Una institución, conforme a la sección 2890(c) del Código Testamentario de California, es una compañía de seguros, un agente o un corredor de bolsa; una compañía de inversiones; un banco de inversiones; un corredor de valores; un asesor de inversiones; un planificador financiero; un asesor financiero o cualquier otra persona que tome, retenga o controle un bien sujeto a una tutela de un adulto o de un menor, y que no sea una institución financiera. Las instituciones deben presentar un Aviso de toma de posesión o control de un bien del menor o del pupilo adulto (formulario GC-050) para un bien del pupilo que tenga la institución. Se puede presentar un único formulario para todos los activos afectados que tenga la institución. Una entidad financiera, según la sección 2892(b) del Código Testamentario de California, es un banco, un fideicomiso, una asociación de ahorro y préstamo, un banco de ahorros, un banco industrial o una cooperativa de crédito. Las entidades financieras deben presentar un Aviso de apertura o modificación de una cuenta o caja de seguridad de tutela (formulario GC-051) para una cuenta o una caja de seguridad a cargo de la entidad financiera. Se puede presentar un único formulario para todas las cuentas o cajas de seguridad afectadas a cargo de la entidad financiera.
CARTAS DE TUTELA DE UN ADULTO AFIRMACIÓN
Afirmo solemnemente que cumpliré de acuerdo con la ley las responsabilidades de * tutor * tutor limitado.
Ejecutado el (fecha): , en (lugar):
Solo para información
(ESCRIBA SU NOMBRE A MÁQUINA O EN LETRA DE MOLDE) (FIRMA DE LA PERSONA NOMBRADA)
CERTIFICACIÓN
Certifico que este documento, incluidos los adjuntos, es una copia fiel del original archivado en mi oficina, y que las Cartas emitidas a la persona nombrada anteriormente no se han revocado, anulado o separado, y siguen en pleno vigor y efecto.
(SELLO) Fecha:
Secretario, por , Asistente
GC-350GC-350 SS [Rev.[Rev. JulyJuly 1,1, 2015]2015] CARTAS DE TUTELA DE UN ADULTO Página 2 de 2 (Tribunal testamentario—Tutelas de menores y adultos)
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