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State statute

FW-008-GC Order on Court Fee Waiver After Hearing (Superior Court) (Ward or Conservatee) (Spanish)

California foreclosure, tax-defaulted, court-ordered and probate-sale law and official procedures — verbatim and citable.

Edition
2026-09-26
Last updated
2026-10-05
Jurisdiction
California

FW-008-GC Order on Court Fee Waiver After Hearing (Superior Court) (Ward or…

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Orden sobre la exención de cuotas de la Corte después de la audiencia (Corte El secretario pone aquí un sello con la fecha cuando se presenta el formulario.FW-008-GC S Superior) (persona bajo tutela o curatela)

1 Tutor o curador (propuesto) que solicitó a la Corte que exima de cuotas judiciales a la persona bajo tutela o curatela (propuesta): Solo para información Nombre: Domicilio o dirección postal: No entregue a la Ciudad: Estado: Código postal: Teléfono: corte 2 Abogado, si la persona en  1 tiene uno: Nombre: Nro. del Colegio de Abogados: Firma o afiliación: Ponga el nombre y la dirección de la Corte: Domicilio o dirección postal: Corte superior de California, condado de Ciudad: Estado: Código postal: Correo electrónico: Teléfono: 3 Persona bajo tutela o curatela (propuesta): Nombre: Domicilio o dirección postal: Ciudad: Estado: Código postal: Complete el número y el nombre del caso: Teléfono: Número de caso: No entregue a la corte 4 Abogado para la persona bajo tutela o curatela (propuesta), si lo hubiera: Nombre del caso: Nombre: Nro. del Colegio de Abogados: Firma o afiliación: Domicilio o dirección postal: Ciudad: Estado: Código postal: Correo electrónico: Teléfono: 5 Se presentó una solicitud de exención de cuotas de la Corte el (fecha): 6 Hubo una audiencia el (fecha): a las (hora): en (Departamento): Las siguientes personas estuvieron en la audiencia (marque todo lo que corresponda): … Persona en  1 … Abogado en  2 … Persona en  3 … Abogado en  4 … Otros (nombres): … Personas adicionales presentes enumeradas en el anexo 6.

Lea este formulario atentamente. Todos los casilleros marcados son órdenes judiciales.

Aviso: La Corte puede pedirle que responda preguntas sobre las finanzas de la persona bajo tutela o curatela después de otorgar una exención y puede exigir el pago de las cuotas exentos de su patrimonio. Si esto sucede y no se pagan las cuotas, la Corte puede cobrar también tarifas de comisiones. La Corte puede pedirle también que haga esfuerzos para juntar el dinero de parte de las personas que tienen una responsabilidad de respaldar la tutela o curatela, y pagar las cuotas exentas. Si hubiera algún cambio en la situación financiera de la persona bajo tutela o curatela durante este caso que incremente su capacidad de pagar cuotas y costos, debe notificarle a la Corte de primera instancia dentro de los cinco días. (Use el formulario FW-010-GC.) Si este caso es una acción contra otra parte y usted lo gana en nombre de la persona bajo tutela o curatela, la Corte puede exigirle a la otra parte que pague una parte o la totalidad de las cuotas exentas. Si llega a un acuerdo por $10.000 o más, la Corte tendrá un derecho de gravamen sobre el acuerdo por el monto de las cuotas exentas. La Corte de primera instancia no puede desestimar el caso hasta que se pague el gravamen. La Corte también puede tener un derecho de gravamen sobre el patrimonio de la persona bajo tutela o curatela que debe pagarse antes de que se distribuya el patrimonio, se concluya el procedimiento de tutela o curatela y usted sea relevado como tutor o curador.

Judicial Council of California, www.courts.ca.gov Revised September 1, 2019, Mandatory Form Orden sobre la exención de cuotas de la Corte después de FW-008-GC S, Página 1 de 3 Government Code, §§ 68631, 68634(e)Cal. Rules of Court, rules 3.52, 7.5 la audiencia (Corte Superior) (persona bajo tutela o curatela)

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Nombre de la persona bajo tutela o curatela (propuesta): Número de caso: No entregue a la corte

7 Después de revisar lo siguiente (marque una): … Solicitud de exención de … Solicitud de exención de cuotas la Corte emite las siguientes órdenes: cuotas de la Corte adicionales de la Corte a.  La Corte concede su solicitud y exime de cuotas y costos judiciales a la persona bajo tutela o curatela, de la siguiente manera: (1)  Exención de cuotas. La Corte le concede su solicitud y realiza la exención de las cuotas y los costos enumerados a continuación (Código de Regulaciones de la Corte de California, regulaciones 3.55 y 8.818). Usted no tiene que pagar las cuotas judiciales por lo siguiente: • Presentación de documentación en la Corte superior • Cuotas judiciales por audiencia telefónica • Copias y certificación de copias • Cuotas del comisario por avisos • Envío de documentación a otro departamento de la Corte • Avisos y certificaciones • Cuotas del reportero por asistir a la audiencia o al juicio, si solicita que la Corte proporcione un reportero oficial • Evaluación para investigaciones judiciales bajo el Código Testamentario, secciones 1513, 1826 o 1851 • Preparación y certificación de la transcripción del secretario en apelación • Mantención en fideicomiso del depósito para la transcripción de un reportero en apelación según las normas 8.130 u 8.834 • Realización de una transcripción o una copia de una grabación electrónica oficial según la norma 8.835 (2)  Exención de cuotas adicionales. La Corte le concede su solicitud y realiza la exención de las cuotas y los costos judiciales adicionales marcados a continuación. (Código de Regulaciones de la Corte de California, regulación 3.56). Usted no tiene que pagar por los incisos marcados. … Cuotas y costos de jurado … Cuotas de un funcionario de la paz para testificar ante la Corte … Cuotas de peritos o expertos designados por la Corte … Cuotas de intérpretes designados por la Corte para asistir a testigos … Otros: (especifique): b.  La Corte deniega su solicitud y no eximirá ni reducirá las cuotas y los costos de la persona bajo tutela o curatela. (1) La razón de la denegación es la siguiente: (a)   Su solicitud está incompleta. No brindó toda la información que solicitó la Corte. Los elementos faltantes se especifican: … A continuación … En el anexo 7b(1)(a)

(b)   No asistió a la Corte en la fecha de la audiencia para brindar la información que la Corte necesitaba para tomar una decisión. (c)   La información que brindó demuestra que no es elegible para la exención de cuotas que solicitó porque (marque todas las que correspondan): i.  Los ingresos de la persona bajo tutela o curatela son demasiado elevados. ii.  Las razones establecidas: … A continuación … En el anexo 7b(1)(c)(ii)

(d)  No hay suficiente evidencia para respaldar la exención de las cuotas. (e)  Otras razones establecidas: … A continuación … En el anexo 7b(1)(c)(ii)

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Nombre de la persona bajo tutela o curatela (propuesta): Número de caso: No entregue a la corte

7 b. (2)  Usted debe pagar el honorario de presentación inicial en el transcurso del tiempo. Debe realizar pagos mensuales de al menos $ a partir del (fecha): y luego pagadero el 1 de cada mes después de eso, hasta que las cuotas marcadas a continuación se paguen en su totalidad. … Cuotas de presentación. … Otros (describir): Debe pagar todas las demás cuotas y los costos judiciales a su vencimiento. c.  La Corte concede parcialmente su solicitud para que pueda pagar, del patrimonio de la persona bajo tutela o curatela o de los fondos de personas o entidades con el deber de mantenerla, las cuotas judiciales sin usar el dinero necesario para pagar las necesidades básicas del hogar de la persona bajo tutela o curatela Se le ordena pagar parte de las cuotas de la persona bajo tutela o curatela, como se indica en los incisos c(1) y (2) a continuación. La Corte solo concede parcialmente la solicitud por las razones establecidas: … A continuación … En el anexo 7b(1)(c)(ii)

(1)  Usted debe pagar el % de las cuotas judiciales de la persona bajo tutela o curatela.
(2)  La Corte lo exime de algunas cuotas. Se exime de las cuotas marcadas a continuación. Debe pagar por todas las otras
cuotas judiciales.
… Presentación de documentación en la Corte superior … Avisos y certificaciones
… Cuotas del comisario por avisos … Envío de documentación a otro departamento de la Corte
… Intérpretes designados por la Corte … Cuotas de intérpretes designados por la Corte para asistir a
… Cuotas y costos de jurado testigos
… Cuotas de peritos o expertos designados por la Corte … Cuotas de un funcionario de la paz para testificar ante la Corte
… Copias certificadas … Cuotas judiciales por audiencia telefónica
… Cuotas del reportero por asistir a la audiencia o al juicio, si solicita que la Corte proporcione un reportero oficial
… Otras cuotas (especifique):
(3)  Otras órdenes como se especifica: … A continuación … En el anexo 7b(1)(c)(ii)

¡Alerta! Si marca el punto 7b o 7c anterior: tiene 10 días después de que el secretario notifique esta orden (vea la fecha a continuación) para pagar sus cuotas según lo ordenado, a menos que haya una fecha posterior para comenzar los pagos en el punto 7b(2). Si no paga, su documentación judicial no será procesada. Si los documentos son un aviso de apelación, la apelación puede ser desestimada.

Fecha: Firma del funcionario judicial Certificado de servicio del secretario Certifico que no estoy involucrado en este caso y que (marque una): … Entregué una copia de esta orden a la parte y al abogado, si lo hubiera, en  1 ,  2 y  4 , en la Corte, en la fecha a continuación. … Esta orden se envió por correo de primera clase, con franqueo pagado, a la parte y al abogado, si lo hubiera, a las direcciones indicadas en  1 ,  2 y  4 desde (ciudad): , California, en la fecha a continuación. … Se adjunta un certificado de correo. Fecha: Secretario, por , Asistente Nombre:

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