State statute
GC-310 Petition for Appointment of Probate Conservator (Spanish)
California foreclosure, tax-defaulted, court-ordered and probate-sale law and official procedures — verbatim and citable.
- Edition
- 2026-09-26
- Last updated
- 2026-10-05
- Jurisdiction
- California
GC-310 Petition for Appointment of Probate Conservator Effective: January 1, 2019 汉语…¶
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GC-310 S PARTE SIN ABOGADO O ABOGADO NÚMERO DEL COLEGIO DE ABOGADOS: SOLO PARA USO DE LA CORTE NOMBRE: NOMBRE DE LA FIRMA: DIRECCIÓN (calle y número): CIUDAD: ESTADO: CÓD. POSTAL: Solo para TELÉFONO: FAX: EMAIL: información ABOGADO DE (nombre): CORTE SUPERIOR DE CALIFORNIA, CONDADO DE DIRECCIÓN (calle y número): No DIRECCIÓN POSTAL: CIUDAD Y CÓDIGO POSTAL: NOMBRE DE SUCURSAL: TUTELA DE (nombre) PUPILO (PROPUESTO) PETICION DE NOMBRAMIENTO DE TUTOR TUTOR SUCESOR NÚMERO DE CASO: DE LA PERSONA DEL PATRIMONIO No entregue a la corte Tutela limitada FECHA Y HORA DE LA AUDIENCIA: DEPT.:
El solicitante (nombre): pide que a. (Nombre): (Teléfono): (Dirección):
sea nombrado tutor sucesor tutor limitado de la PERSONA del pupilo (propuesto) y se emitan Cartas al calificar.
b. (Nombre): (Teléfono): (Dirección):
sea nombrado tutor sucesor tutor limitado
del PATRIMONIO del pupilo (propuesto) y se emitan Cartas al calificar.
c. (1) no se requiere fianza porque el tutor sucesor propuesto es un fiduciario corporativo o una agencia
gubernamental exenta. por las razones indicadas en el Adjunto 1c.
(2) la fianza se fija en: $ a ser proporcionada por una compañía de fianzas autorizada o según lo
disponga la ley. (Especifique las razones en el Adjunto 1c si la cantidad es diferente del mínimo requerido por la
sección 2320 del Código Testamentario).
(3) en una cuenta bloqueada. Se presentarán los recibos.
(Especifique institución y ubicación):
d. se otorgan órdenes que autoricen el ejercicio independiente de los poderes conforme a la sección 2590 del Código
Testamentario.
Otorgar poderes de control de patrimonio al tutor sucesor propuesto para que se ejerzan de forma independiente
conforme a la Sección 2590 del Código Testamentario beneficia y es en el mejor interés del patrimonio de la tutela.
(Especifique órdenes, poderes y razones en el Adjunto 1d).
e.
f. sucesor propuesto de la persona conforme a las secciones 2351-2358 del Código Testamentario. (Especifique las órdenes, hechos y razones en el Adjunto 1f). g. se considera que el pupilo (propuesto) carece de la capacidad para dar consentimiento informado para tratamiento médico o curación por medio de la oración y que se le otorguen al tutor sucesor propuesto de la persona los poderes que se especifican en el punto 2355 del Código Testamentario. (Complete el punto 9 en la página 6.)
NO use este formulario para una tutela temporal. Página 1 de 8 Form Adopted for Mandatory Use Judicial Council of California PETICIÓN DE NOMBRAMIENTO DE TUTOR Probate Code, §§ 1820,2680–26821821, GC-310 S [Rev. January 1, 2019] (Tribunal testamentario–Tutelas de menores y adultos) www.courts.ca.gov
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GC-310 S TUTELA DE NÚMERO DE CASO: (nombre) Solo para información PUPILO (PROPUESTO) No entregue a la corte
h. (solo para tutela limitada) se otorgan órdenes relacionadas con los poderes y deberes del tutor sucesor* propuesto de la persona conforme a de la sección 2351.5 del Código Testamentario . (Especifique órdenes, poderes y deberes en el Adjunto 1h y complete el punto 1j.) i. (solo para tutela limitada) se otorgan órdenes relacionadas con los poderes y deberes del tutor sucesor* propuesto en relación con el patrimonio conforme a de la sección 1830(b) del Código Testamentario. (Especifique órdenes, poderes y deberes en el Adjunto 1i y complete el punto 1j). j. (solo para tutela limitada) se otorgan órdenes que limitan los derechos civiles y legales del pupilo (propuesto) limitado. (Especifique las limitaciones en el Adjunto 1j.) k. se otorgan órdenes que autorizan la colocación o el tratamiento de un trastorno neurocognitivo mayor (como la demencia) como se especifica en el Adjunto para solicitar órdenes especiales sobre un trastorno neurocognitivo mayor (formulario GC-313) conforme a la sección 2356.5 del Código Testamentario. Una Declaración de Capacidad—Tutela (formulario GC-335) y un Adjunto a la Declaración de Capacidad: Tutela en relación con un trastorno neurocognitivo mayor (formulario GC-335A), firmado por un médico licenciado o por un psicólogo licenciado que actúe dentro del alcance de su licencia con al menos dos años de experiencia en el diagnóstico de trastornos neurocognitivos mayores (incluida la demencia), se presentan con este documento. se presentarán antes de la audiencia. (nombramiento de tutor sucesor únicamente) no se presentará porque se presentó una orden relacionada con la colocación o el tratamiento para un trastorno neurocognitivo mayor (como la demencia) el (fecha): . Esa orden no ha expirado según sus términos ni ha sido revocada. l. se otorgarán otras órdenes. (Especifique las limitaciones en el Adjunto 1l.)
El pupilo (propuesto) es (nombre): (Teléfono): (Dirección actual):
a. Hechos jurisdiccionales (solamente cita inicial) El pupilo (propuesto) no tiene tutor en California y (1) (a) (b) (2) (a) (b) (c)
b. El solicitante (responda los puntos (1) y (2) y marque todos los demás puntos que correspondan) (1) es no es un acreedor ni un representante de un acreedor del pupilo (propuesto). (2) es no es un deudor ni un representante de un deudor del pupilo (propuesto). (3) sucesor propuesto (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) es otra entidad autorizada para realizar el negocio de una empresa fiduciaria. (12) es un fiduciario profesional según el significado en la sección 6501(f) del Código de Negocios y Profesiones que está autorizado por la Oficina de Fiduciarios Profesionales del Departamento de Asuntos del Consumidor. El número de licencia del solicitante se proporciona en la sección 1 de la página 1 del Professional Fiduciary Attachment (Adjunto de fiduciario profesional). (Utilice el formulario GC-210(A-PF)/GC-310(A-PF) para este adjunto. También debe completar el punto 2 en la página 2 de ese formulario y el punto 3d a continuación).
- Vea la sección 5b en la página 4. GC-310 S [Rev. January 1, 2019] PETICIÓN DE NOMBRAMIENTO DE TUTOR Página 2 de 8 (Tribunal testamentario–Tutelas de menores y adultos)
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GC-310 S TUTELA DE NÚMERO DE CASO: (nombre) Solo para información PUPILO (PROPUESTO) No entregue a la corte 3. c. El tutor sucesor propuesto es (marque todo lo que corresponda) (1) (2) (3) (4) (5) un banco otra entidad autorizada para realizar el negocio de una empresa fiduciaria. (6) (7) un fiduciario profesional, como se define en la sección 6501(f) del Código de Negocios y Profesiones. Su declaración con respecto a la licencia o exención se proporciona en el punto 1 en la página 1 del Adjunto de Fiduciario Profesional. (Utilice el formulario GC-210(A-PF)/GC-310(A-PF) para este adjunto.) (8) otro (especifique):
d. Interacción y relación previa con el fiduciario profesional solicitante (llene esta sección si el solicitante tiene licencia
de la Oficina de Fiduciarios Profesionales).
(1) Las declaraciones de quién contrató al solicitante, o cómo el solicitante se involucró en la presentación de esta
petición, y una descripción de cualquier relación anterior que el solicitante haya tenido con el pupilo propuesto o su
familia o amigos, se proporcionan en la sección 2 de la página 2 del Adjunto de Fiduciario Profesional. (Utilice el
formulario GC-210(A-PF)/GC-310(A-PF) para este adjunto.)
(2) Junto con esta petición, se presenta una petición para el nombramiento de un tutor temporal. Esa petición contiene
declaraciones de quién contrató al solicitante, cómo se involucró el solicitante en la presentación de esta petición y
una descripción de cualquier relación anterior que el solicitante haya tenido con la el pupilo propuesto o su familia
y amigos.
e. Naturaleza y valor estimado de la propiedad del patrimonio (complete los puntos (1) o (2) y (3), (4) y (5)):
(1) (Para el nombramiento del tutor sucesor únicamente, si el Inventario y la Tasación completos fueron presentados por
el predecesor):
Propiedad personal: $ , según el Inventario y la Tasación presentada en este proceso
el (especifique las fechas de presentación de todos los inventarios y las tasaciones):
(2) Valor estimado de la propiedad personal: $
(3) Ingresos brutos anuales de
(a) bienes inmuebles: $
(b) propiedad personal: $
(c) pensiones: $
(d) salarios: $
(e) beneficios de asistencia pública: $
(f) otros: $
(4) Total de (1) o (2) y (3): $
(5) Bienes inmuebles: $
(a) según el Inventario y la Tasación identificados en el punto (1).
(b) valor estimado.
f. Debida diligencia (complete esta sección si el pupilo (propuesto) no es un solicitante):
(1) Los esfuerzos para encontrar a los parientes del pupilo (propuesto) o las razones por las que no es posible contactar a
ninguno de ellos se describen en el Adjunto 3f(1).
(2) Las declaraciones de las preferencias del pupilo (propuesto) con respecto al nombramiento de cualquier tutor (sucesor)
y el nombramiento del tutor (sucesor) propuesto o las razones por las que no es factible determinar esas preferencias se
encuentran en el Adjunto 3f(2).
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GC-310 S TUTELA DE NÚMERO DE CASO: (nombre) Solo para información PUPILO (PROPUESTO) No entregue a la corte 3. g. Según el conocimiento del solicitante, una tutela o proceso equivalente en relación con el pupilo (propuesto) no se ha se ha presentado en otra jurisdicción, incluida una corte de una tribu indígena reconocida por el gobierno federal con jurisdicción (ver Código Testamentario, sección 2031(b)). (Si respondió “se ha”, identifique la jurisdicción e indique la fecha en que se presentó el caso):
El pupilo (propuesto) a. es no es un paciente que se encuentra en una institución estatal o está de baja temporal de una institución estatal bajo la jurisdicción del Departamento de Hospitales Estatales de California o el Departamento de Servicios del Desarrollo de California (especifique la institución estatal): b. está recibiendo o tiene derecho a recibir no está recibiendo ni tiene derecho a recibir beneficios del Departamento de Asuntos de Veteranos de EE. UU.(monto estimado del beneficio mensual pagadero): c. es no es, según el conocimiento del solicitante, miembro de una tribu indígena reconocida a nivel federal. (Si respondió “es”, complete los puntos (1) a (4)): (1) Nombre de la tribu: (2) Ubicación de la tribu (si la tribu está ubicada en más de un estado, el estado que es la ubicación principal de la tribu): (3) el pupilo propuesto reside no reside en tierras tribales.* (4) Según el conocimiento del solicitante, el pupilo propuesto posee no posee propiedad en tierras tribales.
a. El pupilo propuesto (nombramiento inicial de tutor únicamente) (1) es un adulto. (2) será un adulto en la fecha de vigencia de la orden (fecha): (3) es un menor de edad casado. (4) es un menor cuyo matrimonio se ha disuelto. b. Vacante en el cargo del tutor (nombramiento de tutor sucesor únicamente. Una petición para el nombramiento de un tutor limitado después de la muerte de un predecesor es una petición para un nombramiento inicial. (Código Testamentario, sección 1860.5(a)(1).) Hay una vacante en la oficina de tutor de la persona patrimonio por las razones que se especifican en el Adjunto 5b. que se especifican a continuación.
- “Tierra tribal” es la tierra que es, con respecto a una tribu indígena específica y los miembros de esa tribu, “nación indígena”, como se define en la sección 1151 del Título 18 del Código de Estados Unidos (United States Code, U.S.C.). GC-310 S [Rev. January 1, 2019] PETICIÓN DE NOMBRAMIENTO DE TUTOR Página 4 de 8 (Tribunal testamentario–Tutelas de menores y adultos)
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GC-310 S TUTELA DE NÚMERO DE CASO: (nombre) Solo para información PUPILO (PROPUESTO) No entregue a la corte 5. c. El pupilo (propuesto) requiere un tutor y (1) no puede cubrir adecuadamente sus necesidades personales de salud física, alimentos, ropa o refugio. Los hechos que lo justifican se especifican en el Adjunto 5c(1) son los siguientes:
(2) es sustancialmente incapaz de administrar sus recursos financieros o de defenderse ante un fraude o una
influencia indebida.
Los hechos que lo justifican se especifican en el Adjunto 5c(2) son los siguientes:
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GC-310 S TUTELA DE NÚMERO DE CASO: (nombre) Solo para información PUPILO (PROPUESTO) No entregue a la corte 5. d. sucesor. (Especifique los hechos que demuestren un motivo fundado en el Adjunto 5(d)). e. Un Información complementaria confidencial (formulario GC-312) se presenta con esta petición. (Nombramiento inicial de tutor únicamente. Todos los solicitantes deben presentar este formulario, excepto los bancos y otras entidades autorizadas para hacer negocios como una empresa fiduciaria). f. El pupilo (propuesto) tiene no tiene una discapacidad del desarrollo como se define en la sección 1420 del Código Testamentario. El solicitante conoce los requisitos de la sección 1827.5 del Código Testamentario. (Especifique la naturaleza y el grado de la discapacidad que se presume en el Adjunto 5f). 6. El solicitante o tutor sucesor propuesto es el cónyuge del pupilo (propuesto). (Si esta afirmación es verdadera, debe responder a o b). a. El cónyuge del pupilo (propuesto) no es parte de ninguna acción ni proceso en contra del pupilo (propuesto) debido a una separación legal, disolución del matrimonio, anulación o adjudicación de nulidad de su matrimonio. b. Aunque el cónyuge del pupilo (propuesto) es parte de una acción o proceso en contra del pupilo (propuesto) por separación legal, disolución, anulación o adjudicación de nulidad de su matrimonio, o ha obtenido un fallo en uno de estos procesos, lo mejor el pupilo (propuesto) es que: (1) se designe un tutor sucesor. (2) el cónyuge sea designado el tutor sucesor. (Si marcó el punto 6b(1) o (2) o ambos, especifique los hechos y las razones en el Adjunto 6b). 7. El solicitante o tutor sucesor propuesto es la pareja de hecho o la expareja de hecho del pupilo (propuesto). (Si esta afirmación es verdadera, debe responder a o b). a. La pareja de hecho del pupilo (propuesto) no ha terminado y no tiene la intención de terminar la relación de pareja de hecho. b. Aunque la pareja de hecho o expareja de hecho del pupilo (propuesto) tiene la intención de terminar o ha terminado la relación de pareja de hecho, lo mejor para el pupilo (propuesto) es que: (1) se designe un tutor sucesor. (2) la pareja de hecho o expareja de hecho sea designada como el tutor sucesor. (Si marcó el punto 7b(1) o (2) o ambos, especifique los hechos y las razones en el Adjunto 7b). 8. El pupilo (propuesto) (marque todo lo que corresponda) a. asistirá a la audiencia Y es el solicitante no es el solicitante Y ha no ha nominado al al tutor propuesto. b. (nombramiento inicial de tutor únicamente) puede, pero no quiere asistir a la audiencia Y desea no desea impugnar el establecimiento de una tutela, se opone no se opone al tutor propuesto, Y prefiere no prefiere que otra persona actúe como tutor. c. (nombramiento inicial de tutor únicamente): no puede asistir a la audiencia debido a una incapacidad médica. Una Declaración de Capacidad - Tutela (formulario GC-335), firmada por un médico licenciado o un practicante religioso acreditado se presenta con esta petición. se presentará antes de la audiencia. d. (nombramiento inicial de tutor únicamente) no es el solicitante, está fuera del estado y no asistirá a la audiencia. e. (nombramiento de tutor sucesor únicamente) no asistirá a la audiencia. 9. Tratamiento médico del pupilo (propuesto) a. No existe ningún tipo de tratamiento médico para el cual el pupilo (propuesto) tenga la capacidad de proporcionar un consentimiento informado. b. Una Declaración de Capacidad—Curatela (formulario GC-335) firmada por un médico licenciado o por un psicólogo licenciado que actúe dentro del alcance de su licencia, que declare que el pupilo (propuesto) carece de la capacidad para dar su consentimiento informado para cualquier forma de tratamiento médico y que dé las razones y la base de hechos para esta conclusión, se presenta con esta petición se presentará antes de la audiencia. no se presentará por la razón indicada en c. c. (nombramiento de tutor sucesor únicamente) La incapacidad del pupilo para dar su consentimiento a cualquier forma de tratamiento médico se determinó mediante una orden presentada sobre este asunto el (fecha): Esa orden no ha expirado según sus términos ni ha sido revocada. d. El pupilo (propuesto) es no es un miembro de una religión que se basa en solo la oración para la curación, como se define en la sección 2355(b) del Código Testamentario.
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GC-310 S TUTELA DE NÚMERO DE CASO: (nombre) Solo para información PUPILO (PROPUESTO) No entregue a la corte 10. Junto con esta petición se presenta una Petición para nombrar tutor temporal (formulario GC-111). 11. Familiares del pupilo (propuesto) Los nombres, las direcciones de residencia del cónyugue o pareja de hecho registrada y los nombres, direcciónes y parentesco de los parientes de segundo grado del pupilo (propuesto) (sus padres, abuelos, hijos, nietos, hermanos y hermanas), según el conocimiento del solicitante, se a. indican a continuación. b.
Nombre y parentesco con el pupilo Dirección de residencia
(1)
(2)
(3)
(4)
(5)
(6)
(7)
(8)
(9)
(10)
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GC-310 S TUTELA DE NÚMERO DE CASO: (nombre) Solo para información PUPILO (PROPUESTO) No entregue a la corte 12. Formulario confidencial de investigación del tutor Junto con esta petición se presenta un Formulario confidencial sobre historial del tutor (Formulario GC-314) llenado y firmado por el tutor sucesor. (Requerido para todos los tutores propuestos, excepto los bancos y las sociedades fiduciarias). 13. Investigador de la corte Junto con esta petición se presenta un Orden para designar al investigador de la corte (formulario GC-330) propuesta. 14. Número de páginas adjuntas:
Fecha:
(ESCRIBA EL NOMBRE DEL ABOGADO DEL SOLICITANTE A MÁQUINA O EN LETRA DE MOLDE ) (FIRMA DEL ABOGADO DEL SOLICITANTE)
(Todos los solicitantes también deben firmar (Código Testamentario, sección 1020; Reglas de las Cortes de California, regla 7.103).) Declaro bajo pena de perjurio conforme a las leyes del Estado de California que lo anterior es verdadero y correcto.
Fecha:
No entregue a la corte
(ESCRIBA EL NOMBRE DEL SOLICITANTE A MÁQUINA O EN LETRA DE MOLDE ) (FIRMA DEL SOLICITANTE)
No entregue a la corte
(ESCRIBA EL NOMBRE DEL SOLICITANTE A MÁQUINA O EN LETRA DE MOLDE ) (FIRMA DEL SOLICITANTE)
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