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State statute

Placer — Spanish

California foreclosure, tax-defaulted, court-ordered and probate-sale law and official procedures — verbatim and citable.

Edition
2026-09-26
Last updated
2026-09-27
Jurisdiction
Placer County

Placer — Spanish

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PROCESO DE RESOLUCIÓN DE CASOS CENTRADOS EN LA FAMILIA (FAMILY CENTERED CASE RESOLUTION, FCCR) INFORMACIÓN GENERAL

Los casos de derecho familiar incluyen divorcio, separación legal, nulidad, filiación y violencia en el hogar. Se puede encontrar información sobre cada tipo de caso de derecho familiar en el sitio web de la Corte Superior del condado de Placer en http://www.placer.courts.ca.gov y en el sitio web del Consejo Judicial de California en http://www.courts.ca.gov. (Las juntas de FCCR no se aplican a los casos de violencia en el hogar. Para más información sobre violencia en el hogar, vea los formularios del consejo judicial en el sitio web mencionado anteriormente, incluidos DV-520-INFO y DV-700-INFO.)

JUNTAS Y PROCESO DE RESOLUCIÓN DE CASOS (FCCR) Cuando se presenta un caso de derecho familiar, la corte programa tres juntas de resolución de casos centrados en la familia (FCCR). Se programan a 6 meses, 12 meses y 18 meses a partir de la fecha en que se presenta el caso. Una FCCR es una audiencia en la corte, y se espera que las partes y sus abogados estén presentes.

¿Por qué tengo estas audiencias? La ley requiere que usted termine con su caso puntualmente. Si usted no termina con su caso (obtiene una sentencia) puntualmente, el juez puede desestimar su caso de acuerdo con los plazos establecidos por la ley; si el caso se desestima, usted deberá volver a iniciar su caso (Código Familiar sección 2450; Código de Procedimiento Civil [Code of Civil Procedure, C.C.P.] secciones 583.250 y 583.360). Puede ser complicado y confuso completar su caso de derecho familiar y existen muchos documentos que debe llenar correctamente y presentar ante el secretario de la corte. Si usted se presenta en las audiencias mencionadas anteriormente, puede obtener ayuda para completar la documentación que se requiere para terminar con su caso correcta y puntualmente.

¿Qué pasará durante la audiencia? Durante la audiencia, un funcionario judicial trabajará con las partes o referirá a las partes a los recursos para desarrollar un plan para resolver los asuntos de la manera más rápida, justa y eficiente posible. Para las partes que se autorrepresentan, un representante del Centro de autoayuda también estará presente para ayudar. Las fechas de juicio podrían programarse durante la junta si el caso está listo para programarse y si se solicita.

¿Qué pasa si no estoy listo para terminar con el caso? ¿Debo aún asistir a las fechas de juicio? Las primeras dos audiencias (de los 6 meses y los 12 meses) no son obligatorias si las partes están de acuerdo en renunciar (cancelar) a las audiencias de los 6 meses y de los 12 meses. Si quiere cancelar la audiencia, debe notificar al secretario al menos cinco días antes de la fecha de la audiencia (vea reglas locales en http://www.placer.courts.ca.gov/general-local-rules.shtml) Y debe ser un acuerdo. Pero debe asistir a la audiencia de los 18 meses a menos que el caso se haya completado y usted tenga una sentencia.

INFORMACIÓN Y RECURSOS SOBRE RESOLUCIÓN DE CASOS Resumen del proceso del caso: el formulario del Consejo Judicial FL—107-INFO que se encuentra en http://www.courts.ca.gov proporciona un resumen de los pasos legales para un divorcio, avisos importantes, recursos a nivel estatal y servicios disponibles en todas las cortes de California. • Asesoría legal: el Centro de autoayuda no puede proporcionar asesoría legal, pero usted siempre podrá consultar a un abogado. Puede comunicarse con el Colegio de Abogados del condado de Placer en http://placerbar.org.

NOTA: este formulario únicamente tiene la intención de proporcionar información general. No es asesoría legal.

Form Adopted for Optional Use PROCESO DE RESOLUCIÓN DE CASOS CENTRADOS EN LA FAMILIA www.placer.courts.ca.gov Superior Court of California, County of Placer INFORMACIÓN Código Familiar secciones 2450, 2451 Form No. PL-FL023 (S) Reglas de la Corte de California, regla 5.83 Effective 10-01-2019

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