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State statute

FW-003 Order on Court Fee Waiver (Superior Court) (Spanish)

California foreclosure, tax-defaulted, court-ordered and probate-sale law and official procedures — verbatim and citable.

Edition
2026-09-26
Last updated
2026-10-05
Jurisdiction
California

FW-003 Order on Court Fee Waiver (Superior Court) Effective: September 1, 2019 español…

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El secretario pone un sello de la fecha aquí Orden sobre la exención de cuotas cuando se presente el formulario.FW-003 S de la corte (Corte superior) 1 Persona que pidió a la corte la exención de cuotas: Solo para Nombre información Domicilio o dirección postal:   Ciudad:  Estado:  Código postal: No entregue 2 Abogado, si la persona en  1  tiene uno (nombre, dirección, a la corte teléfono, correo electrónico y número del Colegio de abogados del estado):

Ponga el nombre y dirección de la corte: Corte Superior de California, condado de

3 Se presentó una solicitud de exención de cuotas de la corte el (fecha): Ponga el número y nombre de caso: La corte dictó una orden anterior de exención de cuotas en este caso Número de caso: el (fecha):   No entregue a la corte Lea este formulario con atención. Todas las casillas marcadas þ son Nombre del caso: órdenes de la corte. No entregue a la corte Aviso: La corte puede ordenar que responda a preguntas sobre su situación económica y más adelante le puede ordenar que pague las cuotas eximidas. Si llega a ocurrir esto y no las paga, la corte no sólo le puede obligar a pagar las cuotas sino que también le puede cobrar los gastos de cobranza. Si cambian sus circunstancias económicas durante el caso y su capacidad para pagar las cuotas y costos aumenta, tiene que notificar a la corte dentro de cinco días. (Use el formulario FW-010). Si gana el caso, la corte de primera instancia puede ordenar a la otra parte que pague las cuotas. Si resuelve su caso civil por $10,000 o más, la corte de primera instancia impondrá un derecho de retención sobre el monto del acuerdo por el valor de las cuotas eximidas. La corte de primera instancia puede negarse a despedir el caso hasta que el derecho de retención se haya satisfecho. 4 Después de revisar su: Solicitud de exención de cuotas de la corte Solicitud de exención de cuotas adicionales de la corte la corte emite las siguientes órdenes: a. La corte otorga su solicitud, de la siguiente manera: (1) Exención de cuotas. La corte aprueba su solicitud y exime las cuotas y costos de la corte que se indican a continuación. (Reglas de la Corte de Cal., regla 3.55 y 8.818.). No tendrá que pagar las siguientes cuotas de la corte: • Cuota de la corte por audiencia telefónica • Presentar documentos a la corte superior • Hacer la entrega legal y certificados • Hacer y certificar copias • Enviar documentos a otro departamento judicial • Cuota de alguacil para hacer la entrega legal • Cuota del taquígrafo por asistir a la audiencia o al juicio, si la corte no está grabando el proceso de manera electrónica y usted solicita que la corte proporcione un taquígrafo oficial. • Cuota para las investigaciones judiciales de acuerdo con la sección 1513, 1826 o 1851 del Código Testamentario • Preparar, certificar, fotocopiar y enviar el acta oficial del secretario en una apelación • Retener el depósito para el acta del taquígrafo en una apelación de acuerdo con la regla 8.130 u 8.834 • Preparar el acta oficial o la copia de una grabación electrónica oficial de acuerdo con la regla 8.835 (2) Exención de cuotas adicionales. La corte aprueba su solicitud y exime las cuotas y costos adicionales de la corte superior que están marcados a continuación. (Reglas de la Corte de Cal., regla 3.56). No tiene que pagar por las cuotas y costos marcados a continuación. Cuotas y gastos de jurado Cuota de oficial del orden público para testificar ante la corte Cuotas de expertos nombrados por la corte Cuota de intérprete nombrado por la corte para un testigo Otro (especificar):

Judicial Council of California, www.courtinfo.ca.gov Revised September 1, 2019, Mandatory Form Orden sobre la exención de cuotas de la corte FW-003 S, Página 1 de 3 Government Code, § 68634(e) (Corte superior) California Rules of Court, rule 3.52

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Número de caso: No entregue a la corte Su nombre: Sólo para información

b. La corte niega su solicitud porque:

¡Alerta! Si deja pasar la fecha límite que se indica a continuación, la corte no podrá tramitar su solicitud
de audiencia ni procesar los documentos de la corte que presentó junto con su solicitud original. Si los
documentos eran un aviso de apelación, es posible que la apelación se despida.

(1) Su solicitud está incompleta. Tiene 10 días a partir de la fecha en que el secretario le dé aviso de esta orden
(vea la fecha de entrega legal en la siguiente página ) para:
• Pagar sus cuotas y costos; o
• Presente una solicitud corregida que incluya los puntos incompletos indicados:
A continuación En el anexo 4b(1)

(2) La información que usted proporcionó en la solicitud muestra que no cumple los requisitos para una exención
de las cuotas que solicitó por los motivos indicados: A continuación En el anexo 4b(2)

La corte ha incluido una copia en blanco de la Solicitud de audiencia sobre la orden de exención de cuotas
de la corte (Corte superior), formulario FW-006. Tiene 10 días a partir de la fecha en que el secretario le dé
aviso de esta orden (vea la fecha de entrega legal abajo) para:
• Pagar el monto total de cuotas y costos, o el monto que se indica a continuación en la sección c, o
• Solicitar una audiencia para presentar más información a la corte. (Para solicitar la audiencia, use el
formulario FW-006.)
c. (1) La corte necesita más información para decidir si aprueba su solicitud. Tiene que ir a la corte en la
fecha indicada en la página 3. La audiencia tratará sobre las preguntas con respecto a la elegibilidad que
se indican:
A continuación En el anexo 4c(1)

(2) Lleve los artículos de prueba para apoyar su solicitud, si se encuentran razonablemente disponibles, que
se indican:
A continuación En el anexo 4c(2)

Esta es una orden de la corte.

Revised September 1, 2019 Orden sobre la exención de cuotas de la corte FW-003 S, Página 2 de 3 (Corte superior)

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Número de caso: No entregue a la corte Su nombre: Sólo para información Nombre y dirección de la corte, si es distinta a la mencionada anteriormente: Fecha Fecha: Hora: de la Departamento: Sala: audiencia

¡Alerta! Si está marcado el punto c(1) y usted no se presenta en la corte en la fecha de su audiencia, el juez
rechazará su solicitud de exención de cuotas de la corte y tendrá que pagar su cuotas dentro de 10 días. Si deja
pasar la fecha límite, la corte no podrá tramitar los documentos de la corte que presentó junto con su solicitud. Si
los documentos eran un aviso de apelación, es posible que la apelación se despida.

Fecha:
Firma de (marque uno): Funcionario judicial Secretario, Asistente

Solicitud de modificaciones

Están disponibles: sistemas para ayudarle a escuchar, sistemas computarizados que emiten subtítulos en
tiempo real, o la ayuda de un intérprete del lenguaje de señas si los solicita al menos cinco días antes de la
audiencia. Comuníquese con el secretario de la corte para conseguir el formulario Solicitud de modificaciones
por personas con discapacidad y Orden (Formulario MC-410). (Código Civil, § 54.8).

Certificado del secretario de entrega legal

Certifico que no estoy involucrado en este caso y (marque una): Entregué en persona en la corte una copia de esta orden a la parte indicada en  1  y al abogado indicado en  2  , si corresponde, en la fecha indicada a continuación. Esta orden fue enviada por correo de primera clase con porte pagado a la parte y a su abogado, si corresponde, a las direcciones enumeradas en  1  y  2  , desde (ciudad): , California, en la fecha indicada a continuación. Se adjunta un certificado de envío por correo. Fecha: Secretario, por , Asistente Nombre:

Esta es una orden de la corte.

Revised September 1, 2019 Orden sobre la exención de cuotas de la corte FW-003 S, Página 3 de 3 (Corte superior)

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